Ecos de la Revolución Pingüina: avances, debates y silencios en la reforma educacional

P AULA M ENA • F RANCISCA C ORBALÁN 348 veces, en una baja motivación comparada con la que exhiben niños que provienen de familias con mejores ingresos y capital cultural. Después de lar- gos años de debate, se ha alcanzado consenso respecto de la gran disparidad de inversión según el estrato socioeconómico del que provienen los estudiantes y, más importante aún, sobre lo injusticia que esto representa. Este diagnóstico, distante a cualquier cuestionamiento estructural del sistema de subvención, ha dado pie para reformas que apuntan a un nuevo balance en la asignación de recursos y que se vinculan directamente con el tema de la selección esco- lar. La recientemente promulgada Ley de Subvención Escolar Preferencia (SEP) pretende compensar, parcialmente, estas inequidades mediante un au- mento focalizado del subsidio a los más pobres. Los sostenedores que firmen el convenio que les permite recibir la subvención preferencial por cada estudiante “prioritario” que matriculen ($23.388 y un extra en caso de concentración de prioritarios), deberán renunciar a la posibilidad de cobrarle a este alumno por concepto de financiamiento compartido, no podrán seleccionarlo en atención a su rendimiento pasado o potencial, tampoco podrán exigirle documentación que acredite NSE y se comprometerán a retenerlo –mientras mantenga esta condición de estudiante prioritario–. La limitación impuesta respecto de la admisión intenta evitar que los colegios elijan, de entre los estudiantes de bajo nivel socioeconómico, a aque- llos con determinadas características, ya que esto significaría entregar aportes adicionales a sostenedores que igual podrían enmascarar su productividad pe- dagógica y distorsionar las evaluaciones de desempeño a las que están sujetos los colegios que se acogen a la SEP 8 . A pesar de la restricción a la selección que impone el convenio, se debe tener presente que la participación de los soste- nedores en este esquema es voluntaria. La SEP viene a disminuir la brecha de gasto por estudiante, a perfeccionar los mecanismos de competencia entre los individuos y los establecimientos, pero no introduce una diferencia sustantiva en términos de la priorización de bienes sociales en juego. De todos modos, la confianza en la competencia, como motor de pro- greso, hace pensar a los más optimistas en que este dispositivo mejorará el rendimiento general del sistema escolar, permitiendo que los individuos y es- tablecimientos más destacados se beneficien, lo que incluso podría traducirse 8 La implementación de la ley es gradual. Los primeros años abarcará de Pre-Kínder a 4° básico, para ir sumando cada año un nivel hasta cubrir toda la enseñanza obligatoria. Para efectos legales se entenderá que prioritarios serían “quienes la situación socioeconómica de los hogares dificulte sus posibilidades de enfrentar el proceso educativo” (artículo nº 2 Ley 20.248). Según el desempeño demostrado en la prueba SIMCE, los colegios serán categorizados en Autónomos, Emergentes y en Recuperación, lo que tiene consecuencias en cuanto a las medidas que deberán tomar los establecimientos para superar sus deficiencias.

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