Ecos de la Revolución Pingüina: avances, debates y silencios en la reforma educacional
D ANIEL C ONTRERAS 326 es más indirecto, en la medida que el sistema reconozca y valore los esfuerzos de las escuelas, especialmente las que atienden a los más pobres, con evaluacio- nes de valor agregado, por ejemplo, es posible reforzar la “capacidad” local de atraer más, y probablemente más diversos, estudiantes a la escuela. Otra dimensión específica que puede ser considerada como parte de la calidad y por lo tanto incentivada en un sistema como el propuesto es aquella que destaca, como un bien común, la mixtura social y que, por lo tanto valora, reconoce o premia escuelas en que aquello tiene mayor ocurrencia. En síntesis, y en lo principal, discutir la relevancia de los indicadores de proceso en el sistema de aseguramiento de la calidad, no buscando una homo- genización de los modos de “hacer escuela” pero sí asegurando un conjunto condiciones para el “proceso de producción” de aprendizajes. Sobre lo que puedan establecer las futuras legislaciones, resulta más difícil realizar afirmaciones. Acotemos el comentario a señalar que del proyecto de ley de Fortalecimiento de la Educación Pública, resulta destacable la señal por apoyar la mejora de la educación que reciben los más pobres, al terminar con el trato igualitario y haciendo una opción (expresada no sólo en declaraciones sino en la disponibilidad de recursos adicionales) por la educación de propie- dad del Estado, que se concentra en esta población. Sería aconsejable que las propuestas que se presenten en este sentido, tengan esta característica. La pregunta sobre nuevos problemas no es inocua, toda vez que la propia LGE, de una parte, formaliza la selección por parte del establecimiento en los proceso de admisión, y de otra, consagra el derecho de las familias a elegir el establecimiento educativo para sus hijos aunque, hasta ahora, el sistema de aseguramiento propuesto, no tiene mayor tuición sobre las eventuales dificul- tades en procesos 23 ; puede que asistamos a una judicialización del derecho a la educación, es decir que los diferendos propiamente escolares no logren ser resueltos por el sistema escolar y sea la esfera judicial la que los resuelva, agre- gando complejidad al ya sobrecargado sistema escolar. Finalmente, ¿qué medidas programáticas resultan recomendables para mejorar la equidad y aumentar la integración en el sistema escolar? La dis- cusión es muy amplia y supera los alcances de este artículo, sin embargo es oportuno destacar que las medidas deberían, además de ser contrastadas con su capacidad de contribución para superar los problemas de calidad, equidad e integración en el sistema escolar, ser evaluadas en torno a dos criterios que permiten profundizar, en general, el ejercicio de los derechos de los niños, niñas y adolescentes (Espejo y Contreras, 2009): 23 El proyecto de ley establece la obligación de recepcionar denuncias pero no entrega herramientas administrativas para resolver situaciones como las que podrían devenir de la impugnación de procesos de admisión.
Made with FlippingBook
RkJQdWJsaXNoZXIy Mzc3MTg=