La agenda pendiente en educación: profesores, administradores y recursos: propuestas para la nueva arquitectura de la educación chilena
43 Cristián Bellei, Daniel Contreras, Juan Pablo Valenzuela retener a estos jóvenes enseñando en las aulas o participando de los equipos directivos de nuestras escuelas y liceos. Un segundo elemento crítico es diseñar mecanismos institucionales e in- centivos adecuados para que los mayores recursos financieros efectivamente sean asignados de forma eficiente, y que su incremento potencie procesos de mejoramiento de la calidad en las escuelas, particularmente las más vulne- rables. En este sentido, antes se argumentó que no regular el tamaño de los cursos ni de los colegios puede implicar que los incrementos en el valor de la subvención solo deriven en colegios y cursos más pequeños, y —subsecuente- mente— en nuevas demandas por aumentar los aportes públicos a educación (Valenzuela, 2007). Finalmente, un aspecto tratado tangencialmente por Beyer, pero que fue definido por el Consejo Asesor para la Calidad de la Educación como uno de los criterios fundamentales para tener un financiamiento adecuado y equitativo, es analizar la magnitud de los costos adicionales que impone la actual institu- cionalidad al sector municipal en comparación con el particular subvencionado. Estos costos adicionales se refieren principalmente a las diferentes regulaciones laborales, 19 así como al hecho que —en último término— la educación muni- cipal es el garante del derecho universal a la educación. 20 Independientemente de que estas diferencias institucionales pueden ser modificadas, un criterio básico de ecuanimidad indica que mientras ellas existan se debe entregar un financiamiento compensatorio a la educación municipal. Sobre esta materia, el Consejo Asesor recomendó que cualquier nueva institucionalidad que obligue a un tipo de sostenedor o a su conjunto, debe ser financiada por el Estado; en este sentido, las recientes propuestas de reformas al sistema escolar enviadas al Congreso Nacional debiesen ser examinadas desde la perspectiva de sus efec- tos financieros sobre las escuelas y liceos. 19 No nos referimos solo a las diferencias generadas por el Estatuto Docente, sino también por leyes recientes como la de concursabilidad de los directores de establecimientos municipales. 20 Esto implica —al menos— aceptar algunos niños que el sector particular excluye y garantizar una oferta educativa en zonas sociales y geográficas que no resultan económicamente atracti- vas.
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