La agenda pendiente en educación: profesores, administradores y recursos: propuestas para la nueva arquitectura de la educación chilena

213 Alejandra Mizala foque utilizado es ofrecer un menú de políticas a los colegios, quienes pueden optar por las más adecuadas a sus necesidades. Por otra parte, no basta con incrementar los recursos, se debe también actuar sobre los incentivos a profesores y colegios. En este sentido una priori- dad es mejorar la calidad docente, ofrecer diferentes alternativas metodológicas y asistencia técnica continua. Es también necesario utilizar todos los recursos disponibles: padres, estudiantes y comunidad. Asimismo, el énfasis de las políticas debe apuntar a acelerar aprendizaje y no solo remediar; se deben tener altas expectativas respecto de los estudiantes (esto mismo se ha encontrado en los estudios de escuelas efectivas). Finalmente, se requiere análisis de costo-efectividad y evaluaciones pe- riódicas y sistemáticas que permitan retroalimentar las medidas que se están llevando a cabo. Esto significa que los mayores recursos deben ir asociados a políticas que permitan mejorar los aprendizajes de los niños más vulnerables. E l proyecto de subvención preferencial El objetivo del proyecto de ley es mejorar la calidad y equidad de la educación en Chile a través de una subvención adicional por alumno diri- gida a los establecimientos que atienden a la población más vulnerable. Los establecimientos que ingresan al sistema se comprometen con lograr una educación de calidad y mayor grado de equidad a través del cumplimiento de ciertos requisitos y de un Convenio de Igualdad de Oportunidades y Ex- celencia Educativa. La subvención preferencial se entrega a todo establecimiento escolar que voluntariamente ingrese al sistema (suscribiendo el convenio) y que atienda a alumnos prioritarios que estén cursando primer o segundo nivel de transición de la educación parvularia y educación general básica (artículos 1º y 4º). El primer año de vigencia de la ley contempla la educación parvularia y el primer ciclo de educación básica. Los niveles 5º a 8º básico se incorporarán gradual- mente, a razón de un nivel por año, a contar del segundo año de entrada en vigencia de la ley (artículo 5º transitorio). La definición de alumno prioritario se encuentra en el artículo 2º de la ley: son aquellos alumnos para quienes la situación socioeconómica de sus hogares dificulta sus posibilidades de enfrentar el proceso educativo. La calidad de En la Cámara de Diputados se extendió la subvención hasta 8º básico. La calidad de alumno prioritario será calificada por el Ministerio de Educación, o el organismo de su dependencia que este determine, de acuerdo a los siguientes criterios: a) alumnos de familias que pertenezcan al Sistema Chile Solidario; b) alumnos de familias que sean carac- terizados como indigentes por el instrumento de caracterización socioeconómica vigente; c)

RkJQdWJsaXNoZXIy Mzc3MTg=