Andrés Bello: libertad, imperio, estilo
335 un cáncer revolucionario. 293 Por el contrario, desde hacía tiempo Be- llo sostenía que la falta de codificación —y, por lo tanto, de claridad— en el Derecho Internacional generaba “incertidumbres y dudas que los estados poderosos nunca cesan de interpretar a su favor”. 294 un codificador diletante Ahora bien, es cierto que Bello leyó a Von Savigny y obtuvo de esa lectura no pocas decisiones. Así, como los romanistas alemanes, Bello no vio en el Derecho Romano una amalgama de casuística contra- dictoria y caótica. Como Leibniz —anota Rafael Caldera— vio en la lógica del Derecho Romano el mayor rigor. 295 Es más, le dio un orden pedagógico en su textos sobre Derecho Romano, que podría ser acu- sado de fabuloso, pero no de falto de sistema. Amunátegui escribió que: “Bello persistía en creer […] que el estudio prolijo del derecho romano era el mejor medio de comprender ‘el caos enmarañado i te- nebroso de la lejislacion española’, i de facilitar la reforma de ésta, i su adaptacion a las instituciones modernas i republicanas”. 296 A lo que llegamos es que no asumía como propias e inevitables las mutuas querellas de los connotados juristas de su tiempo con toda esa cerca conceptual que los acongojaba. Y esto no nos indica que no las entendiera; sí, en cambio, permite sugerir que no las superó. En efec- to, su manera de ser codificador no equivale a una superación o una 293 Aunque Rafael Caldera ( 1964 , p. 172 ) dice que “Bello […] consultó con el mayor interés la costumbre, en su obra legislativa, y no consideró los códigos como obra inmutabole y eterna. La influencia del ejemplo inglés y la lectura de Savig- ny lo ayudaron a curarse de todo ilusionismo”. No es efectivo. La falta de “ilu- sionismo” no llegó al punto de negar la necesidad de un código y condenarlo, como Savigny. 294 Obregón ( 2009 , p. 197 ). 295 “Tan rigurosa en sus deducciones que el gran Leibniz no dudó compararla con el proceder del raciocinio matemático”. Bello, citado por Caldera ( 1964 , p. 176 ). Pero aun en la matemática del Derecho Romano, Bello hizo valer el estilo del castellano. A Hanisch Espíndola ( 1996 , p. 208 ) asombra “su destreza para com- prender un concepto o idea en el original romano y expresarlo de un modo cla- ro, elegante y armonioso en idioma español” sin traducir literalmente, sino que siempre adaptando. Sin duda, un capítulo más de su estilo. 296 Amunátegui ( 1882 , p. 339 ).
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