Andrés Bello: libertad, imperio, estilo
166 Bello —según Edwards Bello— los dejó hablar, pero hablaba a tra- vés de ellos. Su codificación pareció al final la obra de una sabiduría colectiva en la cual él había hecho de criterioso amanuense, pero la realidad fue que, al regresar el Proyecto de Código Civil desde la Cá- mara de Diputados al Senado, “sólo se referían a suprimir las expre- siones de la fecha en que el Código [debía] comenzar a regir y [al depósito] de dos ejemplares […] en las Cortes de Justicia”. 203 Y es que las codificaciones modernas se volverán cada vez más complejas. Como ya escribía Jean-Jacques Rousseau en el capítulo VII del Libro II de su Contrato social , un gran legislador, que pueda deci- dir tanto respecto de la naturaleza humana para tanto tiempo, más se parece a un dios. 204 Visto así el problema, el caso de Bello aparece más intrigante. Se trata de un hombre que instala una comisión aparente, que va trasladando a la opinión pública sus conjeturas, y después de largos años de solitario trabajo, lo somete a unos representantes que siempre se creyeron un poco parte de la hazaña. Todavía a mediados del siglo XX, un “tardogramócrata” como Armando Uribe Herrera — padre del también profesor de la Universidad de Chile y gran poeta chileno, Armando Uribe Arce— insistía sobre la tesis de la autoría plural del Código Civil , Si bien Uribe Herrera no lo describió de esta manera, veía este despliegue de conjunto. 205 Podría hablarse de las máscaras de Bello, pero las máscaras retro- traen a un show antropológico. La idea del dramaturgo sobrevivió a —y unificó las— máscaras. Las palabras de Karl Vossler —a quien cita un entusiasta Amado Alonso para entender a Bello— vienen aquí muy al caso: 203 Presidente del Senado en la Sesión del 3 de diciembre de 1855 . “Vigencia del Có- digo Civil”, en Bello (Vol. XX, pp. 923 y ss). 204 Me remito aquí al capítulo “Elección de los codificadores” y siguientes en Cabrillac ( 2009 , p. 229 ). Este excepcional libro muestra la historia remota y ac- tual de todo proceso de codificación de la ley, pasando especialmente por los avatares franceses. 205 Uribe Herrera sostuvo que las cartas, notas de prensa, etc., “impiden creer que la obra del maestro fue realidad en soledad y casi a despecho de sus contempo- ráneos, como se tiende a veces a simplificar”. Ver el discurso de Armando Uribe Herrera, con ocasión del centenario de la promulgación del Código Civil , en Uribe Herrera ( 1955 , p. 191 ).
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