Mejorar la educación : aprendizajes desde la investigación educativa
La ruta de los derechos o acerca de por qué debemos reconocer... 247 personas en sí mismas y de acuerdo a su etapa de desarrollo. Esto es lo que constituye el llamado enfoque de derechos y este es el gran cambio en relación a la Declaración de 1959: el paso de una con- cepción de los niños, las niñas y los/as adolescentes como sujetos de protección a sujetos de derechos. Como explica la abogada argentina Romina Faerman, desde este enfoque, los niños y las niñas dejan de ser vistos/as desde sus carencias y necesidades o como propiedad de sus progenitores o cuidadores legales, y pasan a ser considerados como personas con capacidades plenas para ejercer sus derechos. Si bien esta Convención ha sido un tremendo avance en la evolución y concepción de los derechos del niño, la niña y los y las adolescentes, no contiene distinciones específicas entre los niños y las niñas de distinto sexo o género. Ya llegaremos a ello. Corresponde entonces abordar, en esta ruta de los derechos, el camino que ha recorrido la consagración de los derechos de las muje- res en el marco del concierto internacional de países tras años y años de luchas dadas por el reconocimiento de sus derechos civiles (voto), el acceso al trabajo, la libertad sexual y la no violencia, entre muchos otros. Un hito inicial en esta consagración es la Declaración sobre la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer adoptada por la Asamblea General de Naciones Unidas en 1967. A ello siguieron las sucesivas conferencias mundiales de la mujer (1975 enMéxico, 1980 en Copenhague, 1985 en Nairobi y 1995 en Beijing), las conferencias regionales sobre la integración de la mujer al desarrollo económico y social de América Latina, desarrolladas por la CEPAL cada tres años desde 1977 (la primera de ellas fue en La Habana y la próxima será en Chile en 2019), así como otros acuerdos internacionales de la ONU, entre los que destaca la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer de 1979 y la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Belem do Pará) de 1995, de la OEA. Estas convenciones y declaraciones contienen, en lo central, acuerdos, medidas normativas y políticas para avanzar en el reco- nocimiento de las especificidades de las mujeres, de sus derechos y de su integración plena a la política, la economía, la sociedad y la educación no solo como receptoras de dichas políticas, sino como agentes activas de las mismas y de los cambios que ellas deben
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