Sexualidad e inclusión de personas con discapacidad
CAPÍTULO II NUESTRA REALIDAD 51 Reproductiva, para mujeres y niñas con discapacidad. A nivel nacional, no se tienen protocolos de interrupción voluntaria del embarazo ( IVE ) conocidos por niñas, niños y adolescentes con discapacidad víctimas de embarazo por violación. 3. Existe discriminación y estigma en torno al embarazo y la maternidad de mujeres con discapacidad. Esta es la causa de que los Servicios de Salud las ignoren en su necesidad de asesoramiento sobre un embarazo seguro o sólo promuevan, como únicas alternativas, la Ley IVE (aborto legal) y la Norma 71 de esterilización quirúrgica del MINSAL . Propuestas generales A la luz de este diagnóstico, CIMUNIDIS recomienda la implementación en Chile de un Sistema Inclusivo de Salud Sexual y Salud Reproductiva y no Reproductiva, que adopte medidas contundentes para la prevención y erradicación de la tortura, tratos crueles inhumanos y degradantes hacia mujeres y niñas con discapacidad (Véase en detalle Convención, Observación General Nº 3, 2016). Este sistema debe reconocer la capacidad jurídica de las mujeres y niñas e implementar conjuntamente apoyos por medio de dispositivos para la autonomía de las mujeres (de acuerdo a grados o intensidad según su dependencia) y respetuoso de las preferencias de las usuarias. En definitiva, se trata de garantizar su participación plena para el ejercicio de la vida independiente. En este sentido, la receta es el diálogo de los equipos multidisciplinarios que incluyan expertos(as) por experiencia de la sociedad civil, con las mujeres usuarias, para confeccionar un plan de atención a la medida, con acompañamiento y mediación en las sucesivas etapas vitales de las mujeres y niñas con discapacidad. Ser respetuosos de los DD.HH . de las personas con discapacidad es también abandonar todas las prácticas eugenésicas, misóginas y sexistas de las Escuelas de Salud, Derecho y Educación, que oprimen a las mujeres y niñas con discapacidad. Propuestas Específicas Cuando una persona con discapacidad asiste a un centro de salud espera que sea vista como sujeto de derecho por parte del personal, como debería ser con cualquier paciente. Para eso es necesario que los profesionales manejen la normativa relacionada a la buena atención, basada en las leyes, decretos y protocolos nacionales, además de los tratados internacionales. Todo lo anterior, considerando la amplia diversidad humana, entre ella la diversidad sexual, cultural, lingüística, corporal, funcional, etc. Por lo tanto, deben evitarse todas las barreras actitudinales asociadas a la infantilización,
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