Política de corresponsabilidad social en la conciliación de las responsabilidades familiares y las actividades universitarias

POLÍTICA DE CORRESPONSABILIDAD SOCIAL EN LA CONCILIACIÓN DE LAS RESPONSABILIDADES FAMILIARES Y LAS ACTIVIDADES UNIVERSITARIAS. 28 TÍTULO I DISPOSICIONES PRELIMINARES Artículo 1. Objetivos. El presente Reglamento tiene por objetivo asegurar a las y los estudiantes ma- dres y padres, y futuras madres y padres, condiciones de corresponsabilidad so- cial en el cuidado de hijas e hijos, que les permitan desarrollarse adecuadamente en la vida universitaria y cumplir con los requisitos establecidos en los respec- tivos programas de estudios, conciliando sus actividades académicas y sus res- ponsabilidades familiares. Artículo 2. De las destinatarias y destinatarios. Podrán acceder a los beneficios del presente Reglamento aquellos(as) estudiantes de la Universidad de Chile que sean madres o padres de niñas o niños, hasta los seis años de edad, o sean futuras(os) madres o padres de un(a) hijo(a) en gestación, conforme a las condiciones establecidas en el Título III y sin perjuicio de las especi- ficaciones que en dicho apartado se establecen. Artículo 3. Disposiciones complementarias. Las Facultades e Institutos de la Universidad, a propuesta de sus respectivas Es- cuelas, podrán establecer disposiciones complementarias que favorezcan el debi- do cumplimento de las presentes disposiciones y la conciliación entre las respon- sabilidades familiares y actividades académicas de estudiantes, en todo lo que no sea contrario a este Reglamento, las que deberán ser aprobadas mediante acto administrativo de su Decano(a) o Director(a), según corresponda.

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