Principios de Derecho Internacional
D.I DBI\ECBO lNTERNACIOffAL. 93 bareaciones á hacer escala en determinados parajes, para re– conocerlas, para cobrar por ellas ciertos impuestos, ó para su– jetarlas al derecho anterior ; del de men·ado ó feria (droit d'étape, right of stáple} que consiste en obligar á los trafican– tes extranjeros á que expongan al público en un mercado par– ticular los efectos que llevan de tránsito ; y del de trasboráo forzado para proporcionar á las naves nacionales el beneficio del flete, acaso no queda yo. ejemplo ni aun en los rios de Alemania; y por la tendencia de las naciones modernas á la inmunidad del comercio y á la facilidad de las comunicacio– nes se puede anunciar que, si subsisten algunos, desaparece– rán totalmente. La convencion de i5 de Agosto de iSOl entre la Alemania y la Francia y los reglamentos del Congreso de Viena, restringieron considerablemente su ejercicio. 6. Entre fos gravémen.es á que está sujeto el comercio en todo tiempo, no debe omitirse la cuarentena. Cuando un buque es obligado A hacerla, por venir de un puerto apestado, ó porque hay otro motivo de temer que propague una enfermedad con– tagiosa, se le pone en un estado completo de incomunicacion por un espacio de tiempo que en general es de 40 dias, aun– que puede ser mayor ó menor segun las circunstancias, El principal documento que sirve para averiguar si el buque debe liacer cuarentena y por cuánto tiempo, es el certificado, boleta ó fe de sanidad, dada en el puerto de donde procede el buque. En este documento se notifica el est.ado de salud de aquel puerto. Se llama certificado limpio el que atestigua que el puerto se hallaba exento de ciertas enfermedades contagio– sas, como la!leste ó la fiebre amarilla; sospechoso, si había solo rumores de infeccion; y sucio, si la plaza estaba apestada. Su falta, cuando el bu~e viene de paraje sospechoso, se consi– derarla como equivalente á un certificado sucio. En todos tiempos ha habido gran diversidad de opiniones sobre el carácter contagioso de várias enfermedades. El de la peate de Levante, por ejemplo, se ba revocado en duda por muchos hábiles profesores de medicina, que la han observado en los países donde aparece mas á menudo. No obstante las frecuentisimas comunica('iones comerciales de la Inglaterra con las plazas en que suele hacer mas estragos la peste, y sin embargo de la notoria facilidad con ~e se eluden los regla– mentos de sanidad en los puertos británicos, no hay ejemplo de que en mas,de un siglo haya prendido la infeccionen ellos,
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