Kinesiología y discapacidad, perspectiva para una práctica basada en derechos

72 Las situaciones descritas previamente, permiten identificar relaciones disergonómicas con sus sistemas, considerando daños al bienestar en el empleo, riesgos de la salud e incluso vida de los hijos o hijas de mujeres embarazadas. El abordaje integral que entrega el análisis de sistema y de tareas, permite reconocer principales problemas, factores relevantes y fases de la labor a intervenir para incrementar al máximo la posibilidad de mejora del equilibrio persona-sistema. A su vez, permite orientar de manera explícita las necesidades del sistema, tanto a nivel técnico como social, que requieren ser modificadas, aportando al bienestar de la persona embarazada a pesar de que las acciones se concentren en el sistema. 2. Ergonomía y accesibilidad aplicada en relación a discapacidad y trabajo. La ergonomía pretende considerar la concepción de los puestos de trabajos bajo una mirada inclusiva, buscando favorecer al mayor número de personas que usarán dichos puestos, inde- pendiente de si viven en situación de discapacidad o no. La realidad en esta temática en Chile aún es precaria, ya que los enfoques suelen centrarse en mejorar y/o adaptar los puestos de trabajo para el usuario o usuaria, según las características de la tarea y labor que desempeña, incluyendo los medios de trabajo, espacios de trabajo, entre otros. En Chile, en el año 2015, se ponen en la palestra, dentro de la seguridad y salud en el trabajo, los nuevos desafíos relativos a la integración laboral de personas en situación de discapacidad. Distintos actores estatales y representantes del Organismo Internacional del Trabajo (OIT), resaltan gestiones y orientaciones para la inclu- sión basados en los lineamientos de la Convención sobre los Derechos de las personas con Discapacidad (CDPD), ratificada por nuestro país en el año 2008 y la Ley 20.422, mencionada anteriormente en este y otros capítulos. Desde el Servicio Na- cional de la Discapacidad (SENADIS), se especificó que los desafíos en materia de salud y seguridad en el trabajo de las personas en situación de discapacidad se debían centrar en la eliminación de las barreras actitudinales a nivel de la sociedad (y especialmente en el empresariado) que se tenían respecto de las reales competencias de las personas en situación de dis- capacidad (PeSD) con las tareas laborales; además, se anunció el fortalecimiento del dictamen de Contraloría que negaba la utilización de salud compatible en la Administración Pública como elemento para discriminar a personas en situación de discapacidad (Ministerio del Trabajo, 2015). Posteriormente, el 15 de junio de 2017, se publica la Ley N°21.015, que establece que, para los órganos de la Administración del Estado y empresas que tengan una dotación anual de 100 o más funcionarios o trabajadores, a lo menos el 1% de la dotación anual deberán ser personas con discapacidad o asignatarias de una pensión de invalidez de cualquier régimen previsional. Las personas con discapacidad deberán contar con la calificación y certificación que establece esta ley. En este contexto, en los sectores públicos y privados deben considerar necesariamente puestos de trabajo que sean accesibles, con especial atención en discapacidad de origen sensorial, mental o intelectual por las severas restricciones que la sociedad les impone a estas personas. No obstante, serán de poca ayuda las medidas particulares de accesibilidad que se planteen si no se asegura una secuencia de medidas de accesibilidad que aseguren autonomía y dignidad del trabajador o trabajadora: la cadena de accesibilidad. Rovira-Beleta (2006) en su libro “Accesibilidad, Edificación y Urbanismo. Recomendaciones técnicas para proyectos y obras” (L`Accesibilitat a L`Edificació i L`Urbanisme. Recomanacions tècniques per a projectes i obres) propone que cada proyecto responda a unos criterios de diseño que faciliten la autonomía de movimientos y de comunicación a todos. A su vez, sostiene que dichas soluciones accesibles deben evitar la segregación de la población con disminuciones del resto de la ciudadanía, en espacios, elementos o áreas limitados. Del mismo modo, plantea que se debe conseguir un cambio de actitud con la transforma- ción del entorno físico, a través de la comprobación de que la accesibilidad no es solamente una necesidad para las personas con discapacidad, sino un avance para todos los ciudadanos, que ganan en confort y calidad de vida”. Por consiguiente, los diseños de los espacios físicos requieren el uso de las medidas mínimas para el diseño universal, que corresponden al diseño de los espacios para personas que presentan mayores dificultades en la movilidad, tales como usuarios y usuariaa de sillas de ruedas. Por esta razón se establecen 4 medidas críticas (Figuras 5-8): a. Ancho mínimo de un pasillo: 80 cm . Este valor se construye en referencia al ancho promedio de una silla de ruedas (70 cm) y de los coches (50 a 80 cm). b. Largo de la silla de ruedas: 120 cm . Este valor se construye en base al promedio de largo de las sillas de ruedas. De igual modo, se ha estimado que el largo de una persona llevando un coche (con coche incluido) corresponde a 140 min, dimensión que se puede acotar en base al ajuste de la persona que maneja el coche. c. Diámetro de giro: 150 cm . Esta medida se establece en base a la circunferencia que requiere desarrollar una persona en silla de ruedas para circular en un espacio físico. Es importante con- siderar esta medida, especialmente en diseño de infraestructura crítica tales como el baño, cocinas o pasillos. d. Altura de la persona sentada: 130 cm. Esta medida correspon- de al promedio de alturas de personas usuarias silla de ruedas, y tiene un fuerte vínculo con las alturas de alcance y planos visuales. A su vez, puede ser complementada considerando la altura del asiento de la silla de ruedas (48 cm) y la altura del apoyabrazos (70 cm).

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