Kinesiología y discapacidad, perspectiva para una práctica basada en derechos

25 de aspectos que perpetúan o constituyen una vulneración de derechos; dentro de estos se refiere al ejercicio de los derechos sexuales y reproductivos, incluido el acceso a educación sexual integral, la importancia del consentimiento previo a cualquier intervención, especialmente en situaciones de esterilización y el acceso a la atención e información sobre sexualidad. Además de la Convención como marco de derechos, diferentes organismos internacionales reconocen los derechos sexuales y reproductivos como parte el marco normativo en Derechos Humanos. Los derechos sexuales y reproductivos son también derechos humanos, se desprenden de los derechos fundamen- tales, por lo cual podrían ser considerados derechos de pri- mera generación. Además, demuestran el carácter progresivo de los mismos, pues abarcan distintas esferas y ámbitos de la vida de las personas. En su conjunto, los derechos humanos son universales, para todos y todas; indivisibles, es decir, se deben promover todos en su conjunto; inalienables, por lo tanto no se pueden suprimir; e irrenunciables e inherentes a la humanidad, por lo que no pueden ser negados a las personas. En conclusión, al igual que el resto de las personas, aquellas con discapacidad tienen derechos sexuales y reproductivos. Debido a la complejidad del tema que se trata - al relacionarse con costumbres, cultura, religiones, ideologías, ética y moral, resulta muy difícil lograr un acuerdo que permita una única declaración de derechos sexuales y reproductivos. Por esta ra- zón, se recogen diferentes conclusiones en torno a la temática en las asambleas y convenciones internacionales a propósito de la salud sexual, los derechos de las mujeres, la erradicación de la violencia de género, entre otras. De esta forma, es posible encontrar varias declaraciones que listan diferentes derechos en esta esfera. Para desarrollar este capítulo utilizaremos el listado a continuación, que corresponde al Fondo de Población de las Naciones Unidas (UNFPA) Bogo- tá, una agencia de cooperación internacional para el desarrollo que promueve el derecho de todas las personas a disfrutar de una vida sana, con igualdad de oportunidades. Esta versión diferencia los derechos sexuales de los reproductivos (Fondo de Población de las Naciones Unidas (UNFPA) Bogotá); ambas dimensiones son habitualmente vulneradas en las personas con discapacidad, afectando especialmente a las mujeres. Derechos Sexuales: • Derecho a fortalecer la autonomía y la autoestima en el ejercicio de la sexualidad. • Derecho a explorar y disfrutar de una vida sexual placentera. • Derecho a elegir las parejas sexuales. • Derecho a vivir la sexualidad sin ningún tipo de violencia. • Derecho a tener relaciones sexuales consensuadas. • Derecho a decidir libre y autónomamente, cuándo y con quién se inicia la vida sexual. • Derecho a decidir sobre la unión con otras personas. • Derecho a vivir y expresar libremente la orientación sexual e identidad de género. • Derecho a la protección y prevención de infecciones de trans- misión sexual o embarazos no deseados. • Derecho a recibir información y al acceso a servicios de salud de calidad sobre todas las dimensiones de la sexualidad, sin ningún tipo de discriminación. Derechos Reproductivos: • Derecho a tomar decisiones sobre la reproducción sin sufrir discriminación, coerción, ni violencia. • Derecho a decidir libremente si se desea o no tener hijas o hijos. • Derecho a decidir sobre el número de hijas o hijos que se desean y el espacio de tiempo entre un embarazo y otro. • Derecho a decidir sobre el tipo de familia que se quiere formar. • Derecho a ejercer la maternidad con un trato equitativo en la familia, espacios de educación y trabajo. • Derecho a una educación integral para la sexualidad a lo largo de la vida. • Derecho a acceder a métodos de anticoncepción modernos, incluida la anticoncepción de emergencia. • Derecho al acceso a los servicios integrales de salud y atención médica para garantizar la maternidad segura. • Derecho a acceder a los beneficios de los avances científicos en la salud sexual y reproductiva. Diversidad sexual y género. En la sociedad, desde la perspectiva de la diversidad, no existe el mundo fragmentado y binario de los con o sin discapacidad, de hombres y mujeres, de heterosexuales, homosexuales u otros; la diversidad y mutabilidad son constitutivos de la vida misma y, en específico, cada persona comparte aspectos en común con distintos grupos sociales. El enfoque de derechos en el ámbito de la sexualidad debe considerar la interseccionalidad de los diversos grupos, quienes por reconocerse - o ser reconocidos - en ciertas categorías pueden experimentar discriminación y violencia de manera acumulativa e incluso sinérgica. El respeto a la identidad del otro, incluyendo los aspectos de la diversidad sexual, es una medida indispensable para lograr equidad en la atención en salud y en todos los ámbitos del desa- rrollo. Tomando en cuenta que los conceptos relacionados con la diversidad sexual están en constante cambio y discusión, las definiciones a continuación también pueden variar en el corto plazo. Es importante comprender que la forma en que se nomina a los aspectos relacionados con la diversidad sexual dependerá del momento histórico en que vivamos, de la definición per- sonal de cada uno e incluso de los colectivos que trabajan en la temática. Nada es para siempre ni inmutable, por lo tanto, lo más importante es aprender para mantenerse abierto a la posibilidad de cambiar. A continuación, se explican conceptos importantes de considerar en las definiciones de identidad sexual desde la perspectiva de las organizaciones activistas en defensa de los derechos de las personas de la diversidad sexual. 1. Identidad de género: es la forma en que cada persona percibe su género, incluyendo la vivencia personal del cuerpo (Organi-

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