Cuadernos Beauchef: ciencia, tecnología y cultura: vol. III Chile sobre la marcha
46 Cuadernos de Beauchef y puso en la palestra pública la discusión tanto acerca del mecanismo de reforma como de sus contenidos. 3. La protesta Las constituciones no son textos inocuos o vacíos de contenido histórico que no se hacen cargo de su origen; son resultado de las luchas sociales y políticas que les dieron origen. Por esto, las protestas y manifestaciones sociales son parte de las ideas que sustentan un texto constitucional; los fundamentos filosóficos e ideológicos que dieron lugar al momento constituyente son un elemento implícito del nuevo orden constitucional, en palabras de Georges Burdeau: La revolución implica la creación de un nuevo orden. La validez de este orden no es un efecto del éxito del movimiento revolucionario, que transformaba el hecho en derecho... se basa en un cambio de la idea de derecho dominante en el cuerpo social. Así como en tiempos pacíficos todo ordenamiento jurídico se basa en la idea de derecho aplicada por el gobierno regular, del mismo modo el levantamiento revolucionario se basa en una idea de derecho que compite la incorporada oficialmente en el Estado. (Burdeau, 1983, p. 202) De ahí la importancia del derecho a la protesta en la construcción constituyente, porque sienta las bases para lo que podríamos denominar la “revolución jurídica” que implica el momento constituyente. De ahí que no sería posible, en una nueva Constitución para Chile, mantener o profundizar el modelo social y económico imperante sin violar la idea del derecho que ha convocado al momento constituyente. Cuando hablamos de los textos constitucionales, la protesta se relaciona con un derecho inalienable, base misma del sistema democrático: el derecho a la resistencia a la opresión. En efecto, ya en el primer siglo antes de Cristo, en la China imperial, se reconocía el derecho a batallar contra un emperador que se volvía tiránico (Confucius, 1991,
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