Los territorios que habita(re)mos: ¿Qué futuro existe para las zonas de sacrificio?

nible en distintas escalas y distintos lenguajes, para que la ciudadanía y los tomadores de decisión la podamos leer. A pesar de que en los últimos años se ha avanzado indudablemente, tenemos aún muchas brechas. La Ley N°19300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente tiene un principio participativo, tiene información ambiental. La modificación del año 2010 mejoró en gran manera en términos de acceso a la información y a pesar de ello también existen retrocesos. Por ejemplo, la ley establece que es deber del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) promover la participación ciudadana; sin embargo, nos encontramos con numerosos casos en que el servicio ha bloqueado la participación negando las solicitudes ciudadanas de abrir períodos de participación. Por otra parte, la Corte Suprema dice a los organismos del Estado que lo primero por lo que tienen que velar es el resguardo del derecho a un medio ambiente sano y el resguardo a la salud, y por ello ordena a los organismos del Estado interpretar y ejercer sus funciones con el fin de asegurar los derechos fundamentales de las personas. Pero esto no solucionará un problema de pasivos ambientales que se arrastra desde hace cincuenta años. A lo que uno podría aspirar es a un aumento en los presupuestos estatales para que puedan contar con los recursos y proveer toda la información y actuar de manera reactiva y preventiva, reconfigurando los instrumentos de gestión ambiental que existen. Ejemplo de ello, es que en Quintero y Puchuncaví existen varios proyectos que no ingresaron al SEIA porque eran previos a la vigencia del sistema, situación que debe ser corregida desde la política pública. En el programa de la presidenta Michelle Bachelet, se aludía a que los problemas de equidad ambiental no eran sino la constatación de la fal- ta de justicia ambiental, lo que tiene que ver con las asimetrías entre personas y territorios vulnerables que sufren las consecuencias del cre- cimiento económico. Bajo esa inspiración, se elaboraron los Programas de Recuperación Ambiental y Social (PRAS), que fueron instrumentos creados por el Ejecutivo orientados a estas “zonas de sacrificio”, pero elaborados sin un sustento legal. La elaboración de los PRAS consideró un ejercicio participativo, pero -reitero- sin un sustento legal y, por lo tanto, no vinculantes. Se requiere la acción coordinada del Estado, junto a la acción y voluntad de particulares y privados, puesto que el privado -e incluso las empre- VALENTINA DURÁN MEDINA .78. POSITION PAPER N°1 / SERIE DESASTRES SOCIONATURALES Académica y Directora del Centro de Derecho Ambiental de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile.

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