El Plan Regulador Intercomunal de Concepción - Chile, 1963-1980 y sus tempranas medidas de sustentabilidad territorial y urbana. Volumen II
44 § Nº 13 (CSU): Se consideran la protección, mejoramiento, incremento, y di- versificación del espacio público de estancia (parques de diversas jerarquías, plazas de vecindad, paseos peatonales, aceras), y vial (vías de tránsito continuo, vías jardín, centralidades de barrio, ciclovías) con enfoque sistémico, intentando generar corredores verdes, y proporcionar los estándares de superficie y características consensuados por los especialistas de la sustentabilidad. Se incentiva la interacción social en el espacio público en un marco ambiental de calidad para la recreación y el desarrollo de la civilidad. Se coordinan los espacios públicos (viales y de estancia) con elementos del medio natural, enriqueciendo con ello el paisaje urbano. Se promueve el uso de las especies autóctonas en los espacios públicos y privados, economizando agua y aportando a la identidad regional. Se establece legalmente la patrimonialidad pública a las áreas proyectadas o confirmadas de interés colectivo, para su resguardo a través del tiempo. Se considera el proceso de cambio de la estructura de la composición de la población para evitar en el mediano y largo plazo sub dotaciones, o sobre dotaciones. Se incluye usos comerciales y de terciario en planta baja del entorno, facilitando la animación urbana, la seguridad y la caminata. Se considera que los espacios deben ser accesibles, ergonómicos, confortables y atractivos. (P AVEZ , 2016; P OZUETA & AL ., 2009; M INVU , 2016). § Nº 14 (CSU): Se consideran escalas de observación-problematización e intervención, y arcos temporales adecuados a los objetivos de ordenamiento territorial y urbano. Se fija un horizonte de tiempo de largo plazo (25-30 años), incorporando con ello la reflexión sobre las necesidades futuras y la conciencia de una solidaridad intergeneracional. Se trabaja con las escalas: urbanística/ecosistémica (1:1000- 10.000); microterritorial/ecológica (1:10.000- 25.000); mesoterritorial / paisajística (1:25.000- 100.000), y macroterritorial (>1:100.000)], según sea el fenómeno observado. (F OLCH – A -, 2003). § N° 15 (CSU): Se consideran mecanismos de autoevaluación permanente, y de flexibilización según la evolución observada, o ante situaciones inesperadas. Siendo la ciudad y la región sistemas complejos, la planificación urbana y regional se dota de una capacidad de control, de reacción y de respuesta ante el paso del tiempo y el avance de las tecnologías y metodologías, y ante eventuales cambios cualitativos respecto de la situación de partida. (T ERRADAS , 2003).
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