Género y Políticas Públicas: una mirada necesaria de la vejez

PROMOVER Adoptar medidas para prevenir, sancionar y erradicar aquellas prácticas contrarias a la presente Convención. Adoptar medidas afirmativas y realizar los ajustes razonables que sean necesarios. Adoptar y fortalecer todas las medidas legislativas, administrativas, judiciales, presupuestarias y de cualquier otra índole, incluido un adecuado acceso a la justicia a fin de garantizar a la persona mayor un trato diferenciado y preferen- cial en todos los ámbitos. Así también garantizar el acceso al Sistema Interamericano de Derechos Humanos. Adoptar las medidas necesarias y cuando lo consideren en el marco de la cooperación internacional. Promover instituciones públicas especializadas en la protección y promoción de los derechos de la persona mayor y su desarrollo integral. Promover la más amplia participación de la sociedad civil y de otros actores sociales, en particular la persona mayor, en la elaboración, aplicación y control de políticas públicas y legislación dirigida a la implementación de la presente Convención. Promover la recopilación de información adecuada, incluidos datos estadísticos y de investigación, que le permitan formular y aplicar políticas, a fin de dar efecto a la presente Convención. ADOPTAR MEDIDAS El buen trato y la atención preferencial. El respeto y valorización de la diversidad cultural. La protección judicial efectiva. La equidad e igualdad de género y enfoque de curso de vida. La solidaridad y fortalecimiento de la protección familiar y comunitaria. El enfoque diferencial para el goce efectivo de los derechos de la persona mayor. La responsabilidad del Estado y participación de la familia y de la comunidad en la integración activa, plena y productiva de la persona mayor dentro de la sociedad, así como en su cuidado y atención, de acuerdo con su legislación interna. OBLIGACIONES Y COMPROMISOS QUE ASUMEN LOS ESTADOS QUE LA RATIFICAN

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