La regulación de las aguas: nuevos desafíos del siglo XXI. Actas de las II Jornadas del régimen jurídico de las aguas

36 Págs. 3 - 46 C apítulo I. M arco normativo y reformas en materia de aguas DANIELA DUHART VERA 1.5. Reflexiones finales: desafíos pendientes y urgentes en Chile Al comparar las atribuciones que poseen las entidades administrativas de los países que hemos analizado en materia de gestión de las aguas, po- demos concluir que en Chile la DGA carece de facultades suficientes para gestionar la explotación de nuestros recursos hídricos de forma óptima que le permitan velar por que su aprovechamiento sea sustentable, eficiente y cumpla de la mejor manera con la finalidad pública a la que estos están destinados. Las características con que nuestra legislación actual ha dotado a los derechos de aprovechamiento de aguas impiden al Estado ejercer su rol de guardián legal de estos bienes nacionales de uso público. A lo menos obsta- culizan de manera significativa las funciones que la DGA debiera cumplir en este sentido, toda vez que, asignados los derechos de aprovechamiento, en la práctica pierde el control sobre estos y, por ende, sobre la gestión de los recursos hídricos. Como señalábamos en la introducción, el rápido aumento de la deman- da de agua, el uso intensivo, la explotación poco sustentable, los bajos niveles de eficiencia y la contaminación de nuestros recursos hídricos, su- mado a la alteración del régimen de las precipitaciones e intensificación de las sequías generadas por el cambio climático, han puesto a nuestro país en una situación de creciente escasez hídrica. Estas circunstancias más extremas, sumadas a las falencias regulato- rias e institucionales que se han querido dejar en evidencia en el presente artículo al efectuar el contraste entre el sistema institucional de gestión de las aguas que existe actualmente en nuestro país y los sistemas comparados analizados, demuestran la necesidad imperante de modificarlo. El actual régimen jurídico de las aguas en nuestro país ha contribuido a la crisis hídrica, producto de la rigidez de la regulación diseñada para una realidad pasada, que no permite adaptarse a los cambios de disponibilidad del recurso hídrico y los impactos del cambio climático. Así, ha demos- trado no ser el adecuado para la gestión óptima, eficiente, sustentable y equitativa de las aguas. En especial, la concepción de derechos de aprovechamiento y sus carac- terísticas han sido interpretados bajo la lógica tradicional de la propiedad

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