La regulación de las aguas: nuevos desafíos del siglo XXI. Actas de las II Jornadas del régimen jurídico de las aguas

552 Págs. 525 - 556 C apítulo V. E jercicio del derecho de aprovechamiento de aguas FERNANDO TALLAR DELUCHI a los Estados de no alterar los límites de los parques nacionales ni enajenar alguna de sus partes y de impedir la explotación comercial de sus riquezas. 7) La no alteración de los límites de los parques, es decir, su desafecta- ción y la posibilidad de enajenar sus riquezas, no es absoluta, toda vez que ello es posible excepcionalmente mediante una ley. En cambio, la prohibición de explotar comercialmente sus riquezas es de carácter absoluto y no considera excepciones. 8) En consideración a lo anterior, las leyes nacionales dictadas o que se dicten en el futuro, permitiendo actividades comerciales en los parques nacionales, atentan y contradicen lo establecido en la Convención de Washington. En igual infracción se incurriría en el caso que se preten- da, como nuestra norma interna lo señala, desafectar un parque me- diante acto administrativo. 9) La modificación legal introducida por Ley Nº 21.064, que obliga a señalar el uso que se dará a las aguas, permitirá, con mayor certeza, identificar si ese uso constituye o no una “actividad comercial” y, en consecuencia, si se vulnera o no la prohibición internacional. 10) El organismo administrativo a cargo de otorgar solicitudes de dere- chos de aprovechamiento de aguas se encuentra, como se ha dicho, obligado a considerar, al momento de decidir o no su otorgamiento, no solo los aspectos y requisitos consignados en el Código de Aguas, sino igualmente todas las normas, nacionales e internacionales, involucra- das en el tema. 12) Resultaría conveniente, para generar uniformidad e integración, que la nueva ley referida al Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas concentre en sus disposiciones todo lo relativo al tema de los parques nacionales. B ibliografía Doctrina: A lcalde , Jaime (2014): “De los bienes y de su dominio, posesión, uso y goce”, en Revista Chilena de Derecho Privado Nº 22.

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