La regulación de las aguas: nuevos desafíos del siglo XXI. Actas de las II Jornadas del régimen jurídico de las aguas
539 Págs. 525 - 556 18. LOS DERECHOS DE APROVECHAMIENTO DE AGUAS EN PARQUES NACIONALES C apítulo V. E jercicio del derecho de aprovechamiento de aguas risprudencia ha avalado también la calificación del derecho subjetivo al ambiente como un derecho humano 22 . De nuestra parte, adherimos igualmente a esta opinión, ya que la exis- tencia de un derecho que permita a las personas disfrutar de un ambiente equilibrado ha logrado asentarse como un “derecho humano”, en torno al cual se desenvuelve gran parte de la vida. Se trata de uno de los derechos centrales y vitales para el ser humano, en cuanto grados excesivos o into- lerables de contaminación son susceptibles de afectar ámbitos inherentes a la dignidad personal. Sin embargo, el hecho que la Convención de Washington sea un trata- do ambiental, no nos permite asignarle la naturaleza de un tratado sobre derechos humanos, toda vez que ella no consagra ningún derecho concre- to y específico en favor de las personas, que les permita a estas accionar jurisdiccionalmente en reclamo de algún derecho. Sostener lo contrario implicaría, por ejemplo, el que a un tratado de cooperación ambiental entre Estados correspondería asignarle la naturaleza de tratado sobre derechos humanos. A ello cabría agregar la inexistencia de uniformidad respecto a la identificación de un “tratado sobre derechos humanos”. Así, algunos au- tores no estiman como tal al Estatuto de Roma (Corte Penal Internacional), pues fundamentan que “las normas que consagran derechos fundamentales establecen una relación normativa entre el titular de esos derechos (las personas) y el destinatario de los deberes correlativos (preferentemente los agentes del Estado), lo que no ocurriría en el caso que comentan 23 . derecho fundamental a vivir en unmedio ambiente libre de contaminación. Su contenido esencial”, en Gaceta Jurídica Nº 151, enero 1993, pp. 22-27; B ermúdez , Jorge (2000), “El derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación”, en Revista de Derecho Universidad Católica de Valparaíso , vol. XXI, pp. 9-25; F ernández , Pedro (2001), Manual de Derecho Ambiental chileno (Santiago: Editorial Jurídica de Chile), p. 66; D ougnac , Fernando (2003), “La garantía del Nº 8 del artículo 19 de la Constitución como derecho humano”, Primeras Jornadas de Derecho Ambiental. CONAMA-Centro de Derecho Ambiental. Facultad de Derecho Universidad de Chile (Santiago: LOM Ediciones), pp. 240-262. 22 Sentencia Corte Apelaciones Santiago, 24 de diciembre de 1991, recurso protección Rol Nº 2570-1991, considerando 13; sentencia Corte Suprema, 19 de marzo de 1997, recurso protección Rol Nº 4658-96, considerando 14. 23 C orrea , Rodrigo y B ascuñán , Antonio (2002), “El Estatuto de Roma ante el Tribunal Constitucional chileno”, en Revista de Estudios de la Justicia Nº 1, Facultad Derecho Universidad de Chile, pp. 130-131.
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