La regulación de las aguas: nuevos desafíos del siglo XXI. Actas de las II Jornadas del régimen jurídico de las aguas

358 Págs. 345 - 376 C apítulo IV. E scasez y estimación hídrica CAMILA BOETTIGER PHILIPPS c. Inexistencia de una organización de usuarios en la fuente El tercer caso es el regulado en el artículo 315 del CdA, en que no exista una organización de usuarios constituida conforme a la ley en la fuente respectiva 46 . En este escenario, cualquier interesado podrá solicitar la ac- tuación de la autoridad, que debe designar un interventor (puede ser una persona o una comisión 47 ) que tendrá las atribuciones que la ley confiere a los directores o administradores de las organizaciones de usuarios. De las medidas respecto a la distribución que se adopten por esta intervención puede reclamarse ante los tribunales al igual que respecto de los acuerdos de las juntas de vigilancia que afecten la distribución de las aguas 48 . En cuanto a la forma en que la DGA debe distribuir las aguas en uso de esta facultad, existen distintas interpretaciones. Una es que la distribución debe repartir las aguas disponibles en forma proporcional al derecho de cada uno 49 , esto es, de acuerdo a las características de sus títulos, “respe- tando las reglas propias de la distribución equitativa, sin favorecer o privi- legiar algunos usos respecto de otros” 50 . Sería redistribución extraordinaria y no la normal distribución realizada por las organizaciones de usuarios, por la suspensión del seccionamiento de los ríos, que permite intervenir la cuenca completa respectiva tomando las aguas existentes en todo el cauce para redistribuirlas en beneficio de todos los usuarios y no solo de algunos de ellos, de manera de reducir los efectos de la sequía 51 . Una opinión distinta postula que esta emergencia justifica que la au- toridad intervenga para que las aguas disponibles en las fuentes naturales se repartan de manera distinta a lo que dicen los títulos de los derechos de aprovechamiento, entregándole más agua que la que le corresponde, según estos, a usos o rubros de mayor importancia, actividades que por interés 46 R ojas , C hristian (2016), p. 193. 47 Véanse CGR (1996), Dictamen Nº 16.545, en el que autoriza la designación de una co- misión; en CGR (1991), Dictamen Nº 7.479, que cursa la designación de una persona para ejercer las atribuciones al artículo 315 del CdA. 48 Aplicación del artículo 275 del CdA en relación con el inciso final del artículo 315 del CdA. 49 S egura , F rancisco (2006), p. 198. 50 A révalo , G onzalo (2015), p. 32. 51 V ergara , Alejandro (1999 a), pp. 366-367; R ojas , C hristian ( 2003), pp. 324-325.

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