La regulación de las aguas: nuevos desafíos del siglo XXI. Actas de las II Jornadas del régimen jurídico de las aguas
275 Págs. 257 - 296 9. REVISIÓN DE CRITERIOS PARA LA DETERMINACIÓN DEL DAÑO AMBIENTAL... C apítulo III. A guas , glaciares y medio ambiente botadero y que la plantación de especies arbóreas y arbustivas en la zona de los taludes no fue efectiva. Luego, el fracaso de las medidas produjo un proceso de contaminación de las aguas del embalse, ya que el escu- rrimiento de las aguas arrastró material del botadero. Finalmente, señala que, con motivo de la afectación de las aguas del Embalse Pitama, tanto en su pureza como en escasa disponibilidad, los predios vecinos se vieron perjudicados en su riego. Por otro lado, la jurisprudencia, en el caso denominado para estos efec- tos “Vertedero Los Maitenes” 21 , ha planteado un análisis de la tolerancia o no del agua a los componentes descargados en él. En este sentido, se ha señalado que, para el caso que los efectos sean de una “magnitud no tolera- ble”, se entenderá entonces que la afectación es significativa. A ello deberá sumarse el análisis de si el recurso natural se vincula directamente con la salud de las personas, las que pueden emplear esa agua para el consumo humano. Este pronunciamiento fue realizado en un caso de daño ambiental consistente en la contaminación de las aguas por la filtración de percolados en la base del muro de contención del vertedero, los que escurrían y des- embocaban en una vertiente sin nombre que afloraba aguas abajo del muro, las que finalmente llegaron a un estero y luego a un río. En similares términos, en el caso denominado, para estos efectos, “Municipalidad de Nogales”, la Excma. Corte Suprema 22 , conociendo de un recurso de casación en contra de una sentencia del Ilustre Segundo Tribunal Ambiental 23 que rechazó una demanda de daño ambiental, indica en el considerando décimo que “[…] será significativo el daño ambiental siempre que altere el ecosistema de manera importante, que genere una pérdida cualitativa considerable, aunque sea de baja entidad cuantitati- vamente hablando, esto porque como se dijo, la apreciación del mismo depende de múltiples factores atendida la naturaleza del componente del medio ambiente que se busca proteger, que es mucho más compleja y de 21 Excelentísima Corte Suprema, 14 de noviembre de 2011, Rol Nº 10884-2011, “CDE con Servicio de Vertederos Los Maitenes”, considerando 7. 22 Excelentísima Corte Suprema, 2 de abril de 2018, Rol Nº 37273-2017, “Junta de Veci- nos Villa Disputada de Las Condes y Municipalidad de Nogales”, considerando 10. 23 Ilustre Segundo Tribunal Ambiental, 7 de julio de 2017, Rol D-17-2015, “Junta de Vecinos Villa Disputada de Las Condes y otro en contra de la Ilustre Municipalidad de Nogales”.
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