La regulación de las aguas: nuevos desafíos del siglo XXI. Actas de las II Jornadas del régimen jurídico de las aguas
190 Págs. 165 - 192 C apítulo II. A guas indígenas y gobernanza PAOLA GONZÁLEZ CARVAJAL particularmente ciertas en cuanto al impacto que Minera Los Pelambres produce en el valle del Choapa, sin atender a los graves daños producidos al patrimonio cultural, ambiental y humano. En definitiva, a la calidad de vida de los habitantes de este valle. Destacamos a este respecto que esta concepción económica de interés público ha predominado frente a la fun- ción social o la protección de los derechos fundamentales medioambienta- les y culturales. Hacemos presente que el proyecto Infraestructura Complementaria de Minera Los Pelambres, aprobado por la RCA Nº 16 (2018), en su máxima capacidad, requerirá 71 millones y medio de litros de agua por día, siendo la vida útil del proyecto de quince años. ¿Qué garantías tenemos de que los pasivos ambientales generados al término de esta vida útil serán reversi- bles? De acuerdo a Y áñez y M olina , resulta una constante en las evalua- ciones ambientales desarrolladas en nuestro país “la subvaloración de los pasivos ambientales, sociales y culturales, y la exclusión de la ciudadanía de la toma de decisiones. También muestra las tácticas y estrategias de empresas que buscan explotar recursos hídricos, sin considerar el entorno demográfico, social y cultural, y tampoco el hecho de que se emplazan en territorios indígenas, que tienen protección especial” 37 . Abogamos por un cambio en las políticas públicas que orientan la eva- luación ambiental de proyectos de inversión que afecten a comunidades indígenas. El Estado debe respetar los derechos consagrados en el con- junto de instrumentos internacionales que protegen el derecho al agua y territorios indígenas, particularmente el Convenio Nº 169 de la OIT y la Declaración de Derechos de los Pueblos Indígenas de la ONU. De igual manera, el SEIA debe mejorar la evaluación ambiental sobre comunidades protegidas, incorporando una evaluación independiente de los impactos sociales y culturales. Se deben mejorar también los mecanismos de consul- ta y participación de las comunidades afectadas. En definitiva, en el contexto actual de escasez hídrica y cambio climáti- co, nuestro ordenamiento jurídico debe variar el énfasis en el concepto eco- nómico de interés público, cuyos efectos se han traducido en un creciente deterioro de nuestra calidad de vida en la medida en que se acrecientan en nuestro país las “áreas de sacrificio”. Por el contrario, las empresas deben comprender que se insertan en contextos locales con valores intrínsecos 37 Y áñez , Nancy y M olina , Raúl (2011), p. 223.
Made with FlippingBook
RkJQdWJsaXNoZXIy Mzc3MTg=