La regulación de las aguas: nuevos desafíos del siglo XXI. Actas de las II Jornadas del régimen jurídico de las aguas
189 Págs. 165 - 192 6. INEFICACIA DEL SISTEMA DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL EN LA PROTECCIÓN... C apítulo II. A guas indígenas y gobernanza munidades. Esto ha sido reconocido por un amplio conjunto de instrumen- tos jurídicos internacionales. Lo que se intenta proteger, en último término, es el principio de diversidad cultural, el que consiste en el respeto a la iden- tidad y herencia cultural de los pueblos del mundo. El Estado debe respetar el arraigo de los pueblos indígenas a su territorio ancestral y resguardar los paisajes culturales generados por esa relación inmemorial entre hombre y entorno. Esto enriquece a nuestra sociedad y también a las generaciones futuras. Ahora bien, el Sistema de Evaluación Ambiental en nuestro país debe ser capaz de defender y prevenir el daño sobre la diversidad cultural chi- lena. No obstante, de acuerdo al caso estudiado, resulta evidente la pre- cariedad e indefensión en que se encuentran las comunidades indígenas frente a los titulares de grandes proyectos de inversión, los cuales producen modificaciones al medio ambiente en gran escala, sin ningún respeto por el entorno en que se insertan. Actualmente, la elaboración de la línea de base queda entregada enteramente al particular interesado que somete un proyecto o actividad al SEIA, dado que el aparato administrativo ca- rece, en general, de información propia o actualizada, y la información entregada se fundamenta en lo que el propio titular señala. Esto impide a la autoridad ambiental contar con los medios necesarios para corrobo- rar la exactitud de tales afirmaciones. Destacamos la urgente necesidad de que el Estado asegure la existencia de estudios de impacto ambiental independientes, que cuenten con un sustento metodológico y técnico só- lido frente al impacto de grupos humanos, particularmente tratándose de comunidades indígenas. La enorme disparidad existente entre las empresas que ingresan megaproyectos al SEIA y los actores que serán afectados por sus efectos hacen urgente el desarrollo de mecanismos eficaces de preven- ción del impacto futuro. Por otra parte, Y áñez y M olina destacan que “la autoridad ambiental chilena, enfrentada a los conflictos provocados por proyectos extractivos de recursos naturales de alto impacto ambiental, ha hecho prevalecer una concepción económica de interés público, ha sido vulnerable a los inte- reses de los grupos económicos y, finalmente, para mitigar los impactos ambientales, ha dispuesto medidas inadecuadas, que han dado origen a graves desastres ambientales” 36 . Nos parece que estas afirmaciones son 36 Y áñez , Nancy y M olina , Raúl (2011), p. 165.
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