La regulación de las aguas: nuevos desafíos del siglo XXI. Actas de las II Jornadas del régimen jurídico de las aguas
188 Págs. 165 - 192 C apítulo II. A guas indígenas y gobernanza PAOLA GONZÁLEZ CARVAJAL valle del Choapa no afecta seriamente a la Comunidad Indígena Diaguita Taucán. Para responder esta pregunta, considero de interés incorporar el concepto de “paisajes culturales”. De acuerdo a la “Guía Operacional para la Implementación de la Con- vención del Patrimonio Mundial” de la UNESCO (2009), los paisajes cul- turales se definen como “la obra combinada de la naturaleza y el hombre […] ilustran la evolución de la sociedad y de los asentamientos humanos en el transcurso del tiempo, bajo la influencia de las restricciones físicas y/o las oportunidades presentadas por su ambiente natural y de las sucesivas fuerzas sociales, económicas y culturales, tanto internas como externas”. Este concepto nos habla también de una dimensión simbólica y espiritual, al aludir a un uso del paisaje que revela una relación histórica entre comu- nidades pasadas y el entorno, maneras de ser en el mundo, traspasadas de generación en generación, que aún resultan visibles en el presente. Lo que estos paisajes culturales revelan es una forma mucho más antigua de com- prender el territorio, ellos evidencian prácticas heredadas de los pueblos originarios y contribuyen a fortalecer la identidad y calidad de vida de las comunidades indígenas. Entonces, la alteración a gran escala del patrimonio cultural arqueoló- gico que está imponiendo la ejecución de la megaminería en el valle del Choapa está afectando irreparablemente el paisaje cultural del área, el que se había mantenido sin mayores cambios hasta la llegada de estas explo- taciones mineras a gran escala. El patrimonio cultural arqueológico es un recurso frágil y no renovable y el SEIA está resultando completamente ineficaz para detener este acelerado proceso de destrucción y deterioro. 6.8. Consideraciones finales De acuerdo a lo examinado precedentemente, resulta evidente que el derecho al agua de las comunidades indígenas se encuentra inextricable- mente unido a sus derechos territoriales, el cual cuenta en nuestra legisla- ción con un concepto amplio, de acuerdo a los instrumentos internaciona- les ratificados por Chile. Los derechos territoriales de los pueblos indígenas abarcan también los recursos naturales insertos en estos espacios, configurando en conjunto la base fundamental del desarrollo y permanencia en el tiempo de estas co-
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