La regulación de las aguas: nuevos desafíos del siglo XXI. Actas de las II Jornadas del régimen jurídico de las aguas

178 Págs. 165 - 192 C apítulo II. A guas indígenas y gobernanza PAOLA GONZÁLEZ CARVAJAL 6.9. Evaluación del proyecto “Infraestructura Complemen- taria” de Minera Los Pelambres S.A. e invisibilización de la Comunidad Indígena Diaguita Taucán El EIA del Proyecto “Infraestructura Complementaria” presentado por Minera Los Pelambres S.A. fue admitido a trámite en el Sistema de Evalua- ción de Impacto Ambiental con fecha 1 de julio de 2016. El proyecto tiene por objeto recuperar la capacidad de procesamiento del mineral hasta alcan- zar la capacidad máxima, ya aprobada ambientalmente mediante la RCA Nº 46/2012, de 210.000 toneladas diarias (210 ktpd). Para ello se reforzará la capacidad de las instalaciones actuales en el área industrial El Chacay, en base a la implementación de nueva infraestructura en los procesos de molienda y flotación en la planta de concentrado Los Piuquenes. Además, se contempla la instalación de una planta desalinizadora de agua de mar y el sistema de impulsión asociado. Dentro del procedimiento de evaluación, la autoridad ambiental solicitó al titular del proyecto una determinación y justificación del área de influen- cia del proyecto en el medio humano, con el propósito de aclarar si la Comunidad Indígena Diaguita Taucán estaba inserta dentro del área de influencia. Para este efecto solicita que el área de influencia fuera definida y justificada para cada elemento afectado del medio ambiente, tomando en consideración los impactos ambientales potencialmente significativos, así como el espacio geográfico en el cual se emplazan las partes, obras y/o acciones del proyecto. Frente a esta solicitud de información, el titular del proyecto responde indicando que la Comunidad Indígena Diaguita Taucán “no se constituyó a partir de la propiedad de tierras ancestrales ni posee una ex- presión territorial concreta y continua, sino que se forma, recientemente (año 2013), a partir de la pertenencia de sus miembros a un tronco familiar identifi- cado como Diaguita y la relación de este tronco familiar Taucán con el antiguo poblado de Chalinga, donde residían los antepasados de los integrantes. Por lo tanto, no es posible en los términos solicitados, establecer la distancia entre el área de influencia del proyecto y la entidad ‘comunidad indígena Taucán’. En cuanto a los aspectos territoriales, el titular agrega en el Anexo IV 10.4-1 de la Adenda que “la constitución de la comunidad no identifica la propiedad actual o en el pasado reciente, de tierras indígenas ni tampoco existen reclama- ciones vigentes sobre terrenos o territorios al tronco familiar Taucán”.

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