La regulación de las aguas: nuevos desafíos del siglo XXI. Actas de las II Jornadas del régimen jurídico de las aguas

154 Págs. 131 - 164 C apítulo II. A guas indígenas y gobernanza GABRIELA BURDILES PERUCCI - ANTONIO MADRID MESCHI de las “comunidades” propiamente tales, al particular caso donde una co- munidad reconoce que solo un grupo de comuneros tiene derecho a usar las aguas de cierta vertiente o, bien, que simplemente una o más comunidades se han desentendido de la administración de las aguas, como en el caso de las comunidades atacameñas de San Pedro de Atacama, respecto de las aguas de los ríos San Pedro y Vilama, donde se ha derivado la gestión de aguas a “asociaciones indígenas” creadas para el efecto. Sin embargo, estas agrupaciones, contempladas en el artículo 36 de la Ley Indígena, que pueden tener fines diversos, no corresponden técnica- mente a una organización de usuarios de agua (así como las asociaciones de canalistas, juntas de vigilancia, comunidades de obras de drenaje y co- munidades de agua reguladas en el Código de Aguas) y no se les reconoce per se un derecho colectivo y consuetudinario al agua, sino que ello ha sido así, solo en virtud de una interpretación sistémica de dicha norma y por la aplicación de las demás disposiciones legales que hemos expuesto. Con todo, es importante remarcar que el reconocimiento que hace la Ley Indígena de derechos comunitarios de agua de la unidad entre la tierra y el agua, y de derechos consuetudinarios colectivos ancestrales, es limita- do a los pueblos aimara y atacameño, dejando fuera al resto de los pueblos originarios presentes en Chile, tales como el mapuche. Así las cosas, pese a los importantes avances de la Ley indígena, es posible observar que persiste aún una falta de reconocimiento y protección concreta y específica por parte del Estado a la forma de organización de gestión tradicional y comunitaria que gran parte de los regantes atacame- ños de San Pedro de Atacama se otorgan mediante la figura de la Asocia- ción. Esto, como veremos a continuación, se mantiene y profundiza en el proyecto de reforma del Código de Aguas actualmente en tramitación en el Congreso Nacional 92 . 5.7. Reforma al Código de Aguas y protección de los usos consuetudinarios y colectivos de los pueblos indígenas El Proyecto de Ley que Reforma el Código deAguas (Boletín Nº 7.543- 12) ingresó a la Cámara de Diputados el año 2011. La tramitación de dicho 92 A la fecha de presentación de este artículo, 20 de octubre de 2018.

RkJQdWJsaXNoZXIy Mzc3MTg=