La regulación de las aguas: nuevos desafíos del siglo XXI. Actas de las II Jornadas del régimen jurídico de las aguas
115 Págs. 107 - 128 4. RECEPCIÓN DE OBRAS HIDRÁULICAS MAYORES: INTERPRETACIONES Y DISCUSIONES ACTUALES C apítulo I. M arco normativo y reformas en materia de aguas Aguas, requiere pasar por el trámite de aprobación de proyecto, autoriza- ción de construcción y recepción definitiva descrito precedentemente. El Proyecto contaba con aprobación de proyecto y autorización de construc- ción, pero no con la recepción definitiva de las obras y, en consecuencia, autorización de su funcionamiento. Producto de una fractura en la tubería, Inés Pardo presentó un recurso de protección ante la Corte de Apelaciones de Temuco señalando que se estaba afectando su derecho de dominio y amenazando su derecho a la vida, poniéndose en grave riesgo su casa y su vida, debido a la deficiente ejecución técnica de la obra y que se estaba infringiendo, entre otras dis- posiciones, el artículo 294 del Código de Aguas. Por su parte, la Empresa Eléctrica Carén S.A., en su calidad de recurrida, informó, en lo relevante para este análisis, que la acción de protección no era la vía idónea para dis- cutir lo relativo al procedimiento de habilitación de operación de las obras indicadas en el artículo 294 del Código de Aguas. La Corte de Apelaciones de Temuco rechazó el recurso de protección indicando que la materia objeto del recurso era de lato conocimiento y su resolución no correspondía que se realizara a través de un recurso de pro- tección, debiendo ser resuelta a través de los procedimientos propios del Código de Aguas 7 . Inés Pardo presentó un recurso de apelación en contra de la sentencia de la Corte de Apelaciones. La Corte Suprema revocó la decisión de la Corte de Apelaciones de Temuco. En cuanto al argumento central de la Corte de Apelaciones, esto es, que el recurso de protección no es la vía idónea, la Corte Suprema señaló que se debía tener en consideración que la interpo- sición de un recurso de protección es sin perjuicio de los demás derechos que puedan hacerse valer ante la autoridad o los tribunales competentes 8 . Dicho eso, señala lo siguiente a propósito de la falta de recepción definitiva de las obras y autorización de funcionamiento: “Que de esta forma queda en evidencia la contravención de la recurrida a la normativa citada, que lleva implícita la carencia de la necesaria garantía para la 7 Corte de Apelaciones, 7 de septiembre de 2017, Rol Nº 2957-2017, “Pardo con Em- presa Eléctrica Carén S.A.”, considerando 5. 8 Corte Suprema, 22 de febrero de 2018, Rol Nº 39985-2017, “Pardo con Empresa Eléc- trica Carén S.A.”, considerando 5.
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