Guía de Asistencia Integrada en Violencia de Género en Contexto Doméstico
86 Servicios disponibles Protección de la víctima y del grupo familiar. Dentro de las medidas cautelares que puede ordenar el Tribunal están: Prohibir al ofensor acercarse a la víctima y prohibir o restringir su presencia en el hogar común, lugar de estudios o de trabajo de ésta, u otro lugar. Asegurar la entrega de los efectos personales de la víctima que opte salir del hogar común. Fijar alimentos provisorios. Determinar un régimen provisorio de cuidado personal de los hijos/as y/o de relación directa y regular entre éstos y los progenitores. Prohibir el porte y tenencia o incautar cualquier arma de fuego inscrita por el ofensor. Las medidas cautelares pueden decretarse hasta por 180 días hábiles, renovables por una vez. Costo de atención Gratuito Cobertura territorial Cada Juzgado de Familia tiene competencia territorial en una comuna o grupo de comuna. Localización disponible en: http://web.minjusticia.cl/familia/list_juzg_fam2.php
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