Guía de Asistencia Integrada en Violencia de Género en Contexto Doméstico

58 Recomendaciones para construir un plan de autoprotección Incorporar a personas cercanas de la red primaria de la víctima Acudir a sus familiares cercanos o amigos Tener a mano números de teléfono Hacer la denuncia correspondiente Tener algún lugar seguro donde acudir en caso de peligro Tomar las medidas de seguridad para proteger su vivienda No obstante, las medidas de autoprotección pueden resultar insuficientes, siendo necesaria la adopción de medidas de protección por parte de los servicios habilitados por la ley para dicho efecto. Cuando hay una situación de riesgo inminente, los tribunales de justicia, tanto de jurisdicción civil (Juzgados de Familia) como penal (Fiscalías y Tribunales de Garantía) están facultados por ley para decretar medidas para proteger a la víctima de manera eficaz y oportuna. Medidas Cautelares y de protección posibles de obtener: Medidas de protección autónomas (Fiscalías las pueden resolver en uso de sus facultades): Rondas periódicas de Carabineros al domicilio de la víctima. Contacto telefónico prioritario con Carabineros. Entrega de celular o tarjeta telefónica. Entrega de Alarma personal. Reforzamiento de medidas de seguridad en el domicilio de la víctima. Reubicación provisional de la víctima enCasa deAcogida (los Tribunales de Familia también pueden derivar a éstas cuando toma conocimiento de violencias constitutivas de delito), residencia de familiares, hotel u otro lugar provisto por Fiscalía.

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