Una propuesta de modelo integral de reinserción social para infractores de ley
72 UNA PROPUESTA DE MODELO INTEGRAL DE REINSERCIÓN SOCIAL PARA INFRACTORES DE LEY Tabla N°11. Temas generales de estándares correccionales. Fuente: Elaboración propia, basado en Corrective Services ACT et al., 2012. Tema Descripción Gestión de casos 1. Se inicia con la evaluación rigurosa de factores de riesgo y necesidades. 2. Las administraciones correccionales locales deben diseñar su sistema de gestión de casos de tal modo que prioricen el cumplimiento de órdenes judiciales (intervenciones mandatorias) y la atención de las condiciones de riesgo observadas. 3. La intensidad del proceso de intervención debe ser consistente con el nivel de riesgo del interno. 4. El proceso de gestión de caso debe ser consistente entre los distintos componentes del sistema correccional, con prácticas similares de evaluación de riesgo en cárceles y en sistema abierto. Plan de intervención individual 5. El proceso de gestión de caso debe basarse en un plan de intervención formulado tem- pranamente y con la participación del interno. 6. El plan debe ser revisado en forma periódica, actualizando cualquier cambio en la situa- ción del infractor. Asignación de casos a tratamiento 7. Las decisiones de asignación son parte del proceso de gestión de caso y responden a la evaluación de riesgo y los objetivos del plan de intervención individual. 8. La asignación a tratamiento debe considerar creencias culturales y religiosas del sujeto. Beneficios (libertad condicional) 9. Se debe cautelar toda medida necesaria para que el interno comprenda las condiciones de sus beneficios, y animarle a evitar su quebrantamiento. 10. Los infractores tendrán oportunidad de ofrecer explicaciones por el quebrantamiento de beneficios. 11. Se debe adoptar medidas para prevenir el riesgo de quebrantamiento. Intervención correccional 12. Deben ser altamente estructurados y orientarse fundamentalmente a condiciones de riesgo de reincidencia. 13. Se debe promover que la intervención en la comunidad se realice en el entorno cultural del usuario. 14. Deben estar sujetos a procesos estructurados de revisión y evaluación para asegurar el logro de sus resultados. 15. La implementación debe estar a cargo de personal capacitado. 16. El diseño de los programas debe considerar diferencias de género, de adscripción cultural, discapacidades físicas o mentales, condiciones de salud, edad, entre otras. 17. Debe implementarse en entornos que sean seguros para el personal y los usuarios. Preparación para el egreso 18. Los internos, en especial los sujetos a condenas largas, deben acceder a programas que permitan una transición exitosa a la comunidad. 19. Los programas de transición deben atender a necesidades de alojamiento, empleo y obtención de apoyo comunitario. 20. Los programas en este ámbito deben incorporar medidas de cuidado post-egreso. 21. Los profesionales que ejecuten programas de transición deben tener acceso a la pobla- ción objetivo mientras todavía cumplen su pena privativa de libertad.
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