Una propuesta de modelo integral de reinserción social para infractores de ley
41 3 Capítulo iv. Escaso reconocimiento institucional de la labor asociada a la supervisión de sancio- nes cumplidas en libertad. La promulgación de la Ley N°20.603 ha generado una mayor utilización de las penas sustitutivas a la privación de libertad, al considerar la creación de un nuevo catálogo de sanciones y la introducción de nuevas formas de control, lo cual ha sido acompañado adicionalmente con la implementación de un nuevo modelo de intervención para las penas de libertad vigilada y libertad vigilada intensiva. Pese a estas relevantes modificaciones legales, la estructura institucional de Gendarmería de Chile no ha sufrido mayores ajustes. De tal manera, aunque en la actualidad casi la mitad de la población penitenciaria atendida por la institución se encuentra cumpliendo alguna pena sustitutiva, no se ha otorgadomayor relevancia a la provisión de los servicios asociados a las mismas (Morales et al., 2014) 25 . v. Deficiencias en el proceso de clasificación y segmentación de la población aten- dida. En la actualidad, dicho proceso se basa mayoritariamente en criterios de se- guridad y no considera apropiadamente elementos diagnósticos asociados a las necesidades de intervención de la población. El instrumento utilizado para dichos fines adscribe a los infractores en las categorías de ‘alto’, ‘mediano’ o ‘bajo’ com- promiso delictual, lo cual no está directamente orientado a la estimación del riesgo de reincidencia o la magnitud de las necesidades criminógenas que, de acuerdo a la evidencia especializada, deberían ser abordadas a través del tratamiento pe- nitenciario. Al mismo tiempo, este proceso resulta poco útil, al ser aplicado única- mente al momento del ingreso, sin contemplar reclasificaciones posteriores, y por basarse en información altamente imprecisa, recogida mayoritariamente a través del auto-reporte, incluyendo predominantemente variables subjetivas (Ej.: expre- sarse de manera grosera) u otras cuya relevancia resulta cuestionable o incluso criminalizante (Ej.: presentar marcas corporales o tatuajes) (Morales et al. 2014) 26 . vi. Desconocimiento y desconexión entre el funcionamiento de los distintos niveles que integran el sistema, lo cual implica la ausencia de una provisión integral y co- herente de los servicios prestados. Esta situación impide atender los requerimien- tos de las personas de manera oportuna y eficiente, desde el momento en que ingresan al sistema hasta que egresan del mismo, existiendo descoordinación en la entrega de los servicios contemplados en los diferentes subsistemas que lo con- forman (DESUC, 2010, CESC, 2009, CESC-FPC, 2014) 27 . En términos prácticos, uno 25 Recomendaciones en este sentido han sido propuestas por el CESC (2013a), entregando un modelo de gestión, implementación y supervisión de la pena de Prestación de Servicios en Beneficio de la Comunidad 26 Al respecto, ver: CESC-FPC, 2012a y 2012b. 27 Ver: Cárdenas (2011), incluye una serie de recomendaciones para dotar de coherencia a la oferta laboral intra y postpenitenciaria.
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