Una propuesta de modelo integral de reinserción social para infractores de ley
40 UNA PROPUESTA DE MODELO INTEGRAL DE REINSERCIÓN SOCIAL PARA INFRACTORES DE LEY un servicio disciplinado y eficiente, es necesario recordar que “el personal peni- tenciario no son soldados preparados para ir a la guerra, ni los reclusos son el ene- migo” (en Morales, 2014b: 4), lo que justifica que los servicios de reinserción sean provistos por personal civil. Cabe señalar que durante los últimos años, una serie de países latinoamericanos, tales como Panamá, Honduras, Ecuador o Uruguay, han aprobado modificaciones orgánicas cuyo objeto es pasar la administración del sistema penitenciario de organismos uniformados (cuerpos de policía o fuerzas armadas) a instituciones civiles de carácter técnico. iii. Orientación organizacional con prevalencia de las funciones asociadas a la custo- dia y seguridad de los recintos penitenciarios en desmedro de aquellas referidas a la reinserción social de los infractores (DESUC, 2010) 23 . Esta asimetría en el nivel de relevancia otorgado a ambos tipos de funciones se ha manifestado permanen- temente en una escasa asignación presupuestaria, y en definitiva, en la inexis- tencia de un modelo de intervención basado en evidencia, unificado en el nivel nacional (Consejo para la Reforma Penitenciaria, 2010). Por su parte, esta situación repercute en el mantenimiento de un insuficiente personal dedicado a tareas de rehabilitación y reinserción, a lo cual se debe sumar la escasez de herramientas de capacitación entregadas por Genchi. Pese a que durante la última década la insti- tución penitenciaria ha registrado importantes ampliaciones de su personal (Leyes N° 19.581 y N° 20.426), dichos incrementos han sido permanentemente mayores en la planta uniformada, asociada al producto estratégico ‘Vigilancia’ —principal- mente Planta 1 y 2—, que en la civil, manteniendo una reducida proporción de pro- fesionales dedicados a las funciones de reinserción, enmarcadas en el producto estratégico ‘Asistencia’ 24 . En tanto, a diferencia de lo que ocurre con el personal uniformado, la institución no cuenta con una academia de formación orientada al personal destinado a tareas de reinserción, ni tampoco entrega cursos estructurados de capacitación durante su periodo de ingreso. Del mismo modo, tampoco cuenta con procesos de forma- ción continua, orientados por un perfil de competencias específicamente reque- rido por el servicio, lo cual deja en evidencia la falta de un plan institucional que asegure una adecuada capacitación para el personal. 23 Al respecto, ver también: CESC, 2013a y CESC-FPC, 2014. 24 En este sentido, al asociar la totalidad de los recursos humanos (civil y uniformado) a los productos estratégicos institucionales, el estudio del DESUC (2010) constató que, durante el año 2009, un 72,1% del personal estaba adscrito al producto ‘Vigilancia’ y menos del 8% al producto ‘Asistencia’. Por su parte, el estudio de Morales et al. (2014) estimó que para el año 2012 la dotación óptima de personal para las labores de reinserción del Subsistema Cerrado habría sido de 2.142 profesionales, un nú- mero que contrasta en forma drástica con los 1.305 funcionarios efectivamente dedicados a dichas funciones conjuntamente en los subsistemas cerrado y abierto.
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