Una propuesta de modelo integral de reinserción social para infractores de ley

182 UNA PROPUESTA DE MODELO INTEGRAL DE REINSERCIÓN SOCIAL PARA INFRACTORES DE LEY yen derechos y contribuyen de manera significativa a proteger la integridad y la dignidad del sujeto. Entre estas acciones de trato consideradas primarias o ‘impostergables’, se encuentran la comunicación con la familia, las visitas, la atención de salud, salud mental, consumo problemático de drogas, salud den- tal, nivelación de estudios básicos y medios, la práctica del culto, y una hora diaria de actividades recreativas o deportivas al aire libre. Otras acciones de trato, pese a su importancia, debieran ser consideradas secundarias o ‘postergables’ al logro de resultados en el componente de intervención. Entre estas acciones se encuentran la capacitación laboral, el empleo, las actividades artísticas y culturales. Estas actividades podrán prio- rizarse cuando los objetivos del componente intervención estén cumplidos, o en períodos en que éstos resulten poco pertinentes. Por ejemplo, un sujeto que debe cumplir una condena de 10 años en una uni- dad penal, que al ingreso presenta un moderado riesgo de reincidencia, ade- más de problemas severos de adicción a la cocaína, puede requerir acciones urgentes e intensivas de salud mental para prevenir suicidio, auto-lesiones, violencia y superar el síndrome de abstinencia (todas del componente trato). Posteriormente puede requerir una intervención motivacional intensiva para sacarlo de una actitud de refractariedad a los servicios profesionales otorga- dos por el modelo (componente intervención). Luego de esto, puede retomar el componente trato durante algunos años, dado que los objetivos de inter- vención propiamente tales, siendo prioritarios, adquieren pertinencia en la medida de que se acerca el tiempo mínimo de condena necesario para postu- lar a beneficios intrapenitenciarios. d. Fase de implementación de la intervención: Resueltas las urgencias relativas al trato penitenciario, en particular en materia de salud, salud mental, con- sumo problemático de drogas, asistencia espiritual y contacto con la familia, se se debiera otorgar siempre prioridad a las intervenciones orientadas a la reducción de la probabilidad de reincidencia. Las excepciones a esta regla debiesen ser aquellas situaciones en que la intervención pierde pertinencia. Siguiendo con el ejemplo del punto anterior, un caso que tiene altos factores de riesgo dinámicos, pero que está a cuatro años de cumplir el tiempo mí- nimo de postulación a beneficios intrapenitenciarios, puede beneficiarse de una postergación de la intervención hasta que llegue el momento de preparar el egreso y el sujeto perciba el cumplimiento de objetivos como un esfuerzo que puede conducirle a la obtención de beneficios. Sin perjuicio de esto, la

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