Una propuesta de modelo integral de reinserción social para infractores de ley

177 6 Capítulo evaluación general también debieran aportar información para decidir la per- tinencia de aplicar evaluaciones de riesgos específicos, como violencia, vio- lencia sexual, violencia de pareja, entre otros. Sin perjuicio de existir un plazo sugerido para la aplicación de la fase de evaluación, si ésta se completa lo más rápido posible, se puede comenzar antes la intervención y, de esta manera, reducir la exposición al riesgo del usuario. Conviene recordar que el usuario en medio libre cuenta con más oportunidades de reincidencia que el sujeto que se haya privado de libertad, lo cual debe producir sentido de urgencia en el trabajo de los encargados de casos. c. Fase de planificación de la intervención: En esta fase, será particularmente relevante incorporar al sujeto destinatario de la intervención, de manera que participe activamente en la elaboración de sus objetivos y que tenga claridad acerca de las metas a lograr y las actividades a realizar. El diseño del plan debiese priorizar la reducción de factores de riesgo diná- micos en casos de riesgo moderado a alto. Los factores a tratar debiesen ser aquellos que, en virtud de su alto puntaje, tengan mayor contribución en el nivel global de riesgo. Las acciones de intervención debieran comenzar con actividades que promuevan la motivación al cambio y, en la medida que el sujeto logre problematizar su conducta antisocial y los determinantes de ésta, se pasa luego, a intervenciones grupales o individuales para el abordaje de los factores de riesgo priorizados por la evaluación. En función de las necesidades del caso, y si el tiempo disponible para entrevistas lo permite, también se debieran implementar acciones en el componente de tra- to penitenciario, enfatizando toda vez que sea posible, la derivación del caso a servicios locales disponibles en la comunidad. El abordaje de las necesidades de trato por la vía de la derivación ofrece ventajas en términos de integración y sus- tentabilidad. Integración, porque el usuario accede al servicio que necesita en su calidad de ciudadano, y no en calidad de infractor de ley penal. Sustentabilidad, porque los servicios de reinserción social se prestan en el marco de la sanción penal y se finalizan junto con su cumplimiento; pero los servicios a los que el infractor acceda en su propia comunidad, continuarán estando disponibles para prestar apoyo al sujeto tras el cumplimiento de la condena. d. Fase de implementación de la intervención: La implementación debiese ser absolutamente clara en la priorización de los factores dinámicos de riesgo de reincidencia. Las variables que recibirán atención inmediata e intensiva debie- sen ser aquellas que mejor expliquen la conducta antisocial pasada y el riesgo

RkJQdWJsaXNoZXIy Mzc3MTg=