Una propuesta de modelo integral de reinserción social para infractores de ley
175 6 Capítulo a servicios existentes en materia de consumo problemático y trastornos de la salud mental. e. Fase de evaluación: Se debiese efectuar un monitoreo del cumplimiento de los objetivos de gestión de casos en relación a las derivaciones a servicios del área de salud mental y tratamiento de adicciones. Será importante consignar diag- nóstico, su tratamiento médico/psicológico y número de atenciones realizadas. 6.6.2. Suspensión condicional del procedimiento El modelo de reinserción social expuesto en este documento puede aplicarse a aque- llas personas imputadas que han accedido a una salida alternativa de suspensión condicional del procedimiento. Cabe señalar que, aunque el acceso a la suspensión condicional, generalmente, es voluntario y depende de un acuerdo entre el imputado y el fiscal, que es sometido a conocimiento y decisión del juez de Garantía, una vez que se ha decretado la suspensión y sus condiciones, el cumplimiento de éstas deviene obligatorio para el sujeto. En consecuencia, las personas respecto de las cuales se decrete una suspensión con- dicional, debieran acceder a la atención del modelo de reinserción social de acuerdo a prácticamente las mismas directrices establecidas para la ejecución de sanciones cumplidas en la comunidad. La naturaleza de las prestaciones variará, dependiendo de la condición impuesta por el juez, de manera que en algunos casos, estás importarán la derivación a intervención, mientras que otras solo supondrán a acciones de derivación a la red intersectorial relativas al componente de trato. Asimismo, existen ciertas con- diciones que consisten en comunicaciones con el imputado o en acciones de carácter policial que no dejan mayor espacio a la aplicación del modelo de reinserción social descrito en este documento, en las cuales no cabrá su aplicación. En la sección siguiente se describen en detalle las directrices técnicas establecidas tanto para las personas sometidas a penas cumplidas en libertad como aquellas que acceden a la suspensión condicional del procedimiento, distinguiendo entre aquellas sanciones o medidas que contemplan en su ejecución la derivación a acciones de intervención de manera obligatoria, y aquellas que consideran la derivación a intervención de manera voluntaria o que suponen la ejecución de acciones distintas de la intervención.
Made with FlippingBook
RkJQdWJsaXNoZXIy Mzc3MTg=