Una propuesta de modelo integral de reinserción social para infractores de ley

170 UNA PROPUESTA DE MODELO INTEGRAL DE REINSERCIÓN SOCIAL PARA INFRACTORES DE LEY En tanto, otros estudios apuntan a que no existirían diferencias significativas en el des- empeño de los usuarios de programas de trato o intervención en función del tipo de ingreso. A modo de ejemplo, un estudio realizado en California, Estados Unidos, ana- lizó los cambios producidos en las variables psicosociales durante el período de inter- vención en personas privadas de libertad que accedieron a intervención, comparando el progreso de quienes ingresan en forma voluntaria con aquellos que ingresan en forma involuntaria. El análisis se concentró en variables de funcionamiento psicológico como la auto-estima, ansiedad, depresión, toma de decisiones y autoeficacia; y en va- riables de funcionamiento social como hostilidad, conductas de riesgo, y conformidad. Sin importar si el ingreso fue voluntario o no, los sujetos exhibieron progresos signifi- cativos en las variables psicosociales observadas, aunque el cambio positivo ocurre con mayor probabilidad en los aspectos psicológicos por sobre los sociales. Además, proporciones equivalentes de casos en los grupos de acceso voluntario e involuntario accedieron al beneficio de libertad bajo palabra y se manifestaron a favor de seguir la intervención en la comunidad (Prendergast et al., 2002). Sin embargo, el estudio más acabado al cual se pudo acceder respecto al tema, cons- tituido por un meta-análisis en el que se incluyen 129 estudios específicos, reporta evidencia según la cual las intervenciones correccionales obligadas por ley (‘manda- torias’) y basadas en incentivos en general (‘coercitivas’) no muestran eficacia —par- ticularmente cuando dicha intervención se desarrolla en contextos carcelarios—; en tanto que las intervenciones correccionales ‘voluntarias’ muestran un efecto positivo en términos de reducción en la reincidencia en delito, independiente del contexto en que se realicen (Parhar, Wormith, Derkzen, & Beauregard, 2008) 55 . Sin perjuicio de la evidencia señalada y aun cuando este tema resulta altamente de- batible no existiendo un consenso en la materia, el modelo de reinserción propuesto sugiere el ingreso voluntario a las diferentes actividades de trato y/o intervención, salvo en aquellos casos en que la medida o sanción judicial aplicada a las personas que constituyen la población a ser atendida por el sistema, contemple la aplicación obliga- toria de alguna modalidad específica de intervención (v.gr .: letra c y h del artículo 238 del Código Procesal Penal, sobre la suspensión condicional del procedimiento; libertad vigilada simple e intensiva; y los usuarios con beneficios intrapenitenciarios) 56 . 55 Pese a constituir un meta-análisis con altos niveles de rigurosidad metodológica, éste también pre- senta algunas limitaciones: a) se incluyeron intervenciones para distintos perfiles de caso (delitos comunes, abuso de drogas, delitos violentos), b) no se analizó la relación entre procesos críticos y la intervención motivacional, y c) las intervenciones voluntarias incluidas tendían a realizarse con mayor frecuencia en la comunidad (Parhar et al., 2008). 56 Véase acápite 6.4 para mayor detalle.

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