Una propuesta de modelo integral de reinserción social para infractores de ley

118 UNA PROPUESTA DE MODELO INTEGRAL DE REINSERCIÓN SOCIAL PARA INFRACTORES DE LEY del servicio será de acceso voluntario y estará centrada en abordar necesidades de carácter urgente, fundamentalmente en casos de consumo problemático de drogas y problemas graves de salud mental o física. Tratándose de la suspensión condicional y la libertad vigila simple e intensiva, el acceso a la oferta debiera ser obligatoria dependiendo de si las exigencias propias de la con- dición o pena obligan a la persona a someterse a una intervención, y será derivada a la misma dependiendo de la evaluación de riesgo, el plan de intervención individual y las exigencias legales de la sanción. Por su parte, tratándose de las penas alternativas o sustitutivas a las privativas de la libertad, tales como la remisión condicional, reclusión parcial y servicios en beneficio de la comunidad, por tratarse de penas que no consideran un componente de inter- vención ni trato en su ejecución en virtud de la regulación chilena, la oferta debiera ser de acceso voluntario y estar centrada en entregar programas especializados de inter- vención, junto con la derivación a la red intersectorial en caso de que sea necesario abordar otros elementos del componente de trato asociados, por ejemplo, al consumo problemático de drogas o problemas de salud mental. En el caso del cumplimiento de penas privativas de la libertad, dado que no existe una solución uniforme en los sistemas penitenciarios respecto de si la intervención debe ser obligatoria o voluntaria, el modelo adoptará los criterios actuales chilenos para el despliegue de los programas intramuros basados en la voluntariedad, no obstante, los autores presentan diferencias en la materia, estimando algunos que la misma debiese ser obligatoria, y otros, estimando que mantener su carácter de voluntaria, en el evento de existir reformas legales en materia de ejecución de las penas. Finalmente, tratándose de los libertos condicionales, dado que la legislación chilena plantea solo exigencias en materia de educación y trabajo, la provisión de una oferta de intervención debiese quedar sujeta a la voluntariedad de esta población. Asimismo, tratándose del apoyo al proceso de transición post-carcelario, se propone la provisión de una oferta de carácter voluntario.

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