Una propuesta de modelo integral de reinserción social para infractores de ley

117 6 Capítulo 6.4. Población objetivo La población objetivo del modelo de reinserción considera tanto a personas que cum- plen condena en cárceles, como a personas que cumplen condena en la comunidad, con el objeto de reducir su riesgo de reincidencia y promover su integración social. Además, el modelo también resulta aplicable, con algunas diferencias sustanciales res- pecto de la población condenada, en el caso de las personas puestas bajo custodia del Estado y que aún no reciben una sentencia, debiendo proveer de oferta a imputados sujetos a medidas cautelares y a personas en suspensión condicional del procedimien- to. Por otro lado, dado que los requerimientos de apoyo por parte de la población penal no terminan necesariamente con el cumplimiento de la condena, en múltiples casos será pertinente ofrecer una extensión de la intervención que asegure el logro de sus objetivos, en el contexto de servicios de apoyo a la transición post-carcelaria. Las poblaciones contempladas en el diseño del modelo de reinserción son aquellas sujetas a alguna de las siguientes medidas o sanciones: 1. Medidas cautelares no privativas de libertad 48 2. Suspensión condicional del procedimiento 49 3. Prisión preventiva 4. Remisión condicional 5. Reclusión parcial 6. Libertad vigilada simple e intensiva 7. Servicios en beneficio de la comunidad 8. Condena privativa de libertad 9. Libertad condicional y población postpenitenciaria El modelo de reinserción contempla ajustes a los componentes de trato e intervención, en virtud de los objetivos asociados a la situación jurídica que define a cada segmento de población. De esta forma, tratándose de medidas cautelares de cumplimiento ambulatorio o en encierro, por tratarse de personas que se encuentran a la espera de juicio, la oferta 48 Que supongan la sujeción a la vigilancia de la autoridad, de una persona o institución determinada. 49 En que la condición impuesta suponga la obligación de someterse a un tratamiento médico, psicoló- gico o de otra naturaleza u otras condiciones, que supongan la provisión de oferta en intervención o trato.

RkJQdWJsaXNoZXIy Mzc3MTg=