Aisén Reserva de Vida: testimonio de un arquitecto activista ambiental formado en la Facultad de Arquitectura y Urbanismo de la Universidad de Chile
99 Peter Hartmann Samhaber sobre este paso, un corte en roca, túnel y semi túnel ubicado 200 metros sobre El Saltón del Río Baker, construido por la Comisión de Límites en 1902 a cargo del Ingeniero Ricardo Michel. La primera construcción “occidental” de la región. Si bien ya con el ordenamiento del borde costero −un hermoso trabajo en que estuvimos por casi un año− habíamos aprendido que, a la postre, las poderosas empresas salmoneras aliadas con el entonces senador Adolfo Zaldívar no se hicieron problema en cambiarlo a su gusto, disponiendo que los usos de la zonificación eran preferenciales, pero no exclusivos, transformando todo en una caricatura. De hecho, en la actualidad uno se puede encontrar con gran cantidad de salmoneras (incluso anaeróbicas y ubicadas fuera de su concesión) en zonas “preferenciales” para el turismo, de conservación y para extracción de recursos bentónicos. Y, justamente con la evaluación de impacto ambiental del proyecto HidroAysén aprenderíamos que si bien nosotros, y a veces el Estado, intentamos ordenar el territorio para el bien común, las empresas también lo hacen para sus intereses particulares y tienen poderosas herramientas para ello, como el Código de Aguas, la Ley Eléctrica, la Ley Minera, el Decreto Ley 701 con su bonificación forestal. De hecho, las actividades económicas suelen “ordenar” de facto; no por casualidad las áreas protegidas suelen ser los remanentes que a nadie en ese momento le interesó, y el Consejo de Monumentos Nacionales suele cuidarse mucho de tocar intereses creados (lo vivimos en el caso del Monumento Histórico Paso San Carlos con HidroAysén). También se ordena de facto cuando se contamina, erosiona y destruye recursos, o cuando se presiona o hace lobby a la autoridad y se mueve el poder de parlamentarios en las altas esferas. Así es como en las líneas base de los estudios de evaluación ambiental de HidroAysén se podía apreciar que el territorio área de influencia del proyecto era prácticamente imposible de ser usado por ellos a causa de áreas silvestres protegidas, áreas prioritarias para la conservación, monumentos nacionales, Zona Nacional de Interés Turístico y otras priorizadas para ello, zonificación del borde costero y del Plan de Ordenamiento Territorial regional. Sin embargo, todo ese ordenamiento se desechó en la evaluación por no tener peso legal, ni ser vinculante y, hasta el hecho que el proyecto ubicase una represa e inundase parte del Parque Nacional Laguna San Rafael – Reserva
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