La radio en Chile (historia, modelos, perspectivas)
de junio a la fecha, por? peligro interno para la Seguridad Nacional)'han sido utilizados*como fun damento para la actual restricción de informa - ción y de opinión a que se han visto sujetas las radioemisoras, así como también los diversos me dios de comunicación social. La Constitución otorga la base para las modifica ciones realizadas a la Ley Sobre Abusos de PublT cidad, estableciendo el "respeto y protección a la vida privada y péblica y a la honra de la per sona y de su familia" (Art. 19, N. 4), y especi fica que la transgresión de este punto por cual quier medio de comunicación, ^constituye delito. En relación a las .personas capacitadas para ex - plotar qn medio de comunicación, o ser directo - res o administradores del mismo, se especifica en el Artículo 8, que estas funciones no podrán ser ejercidas por quienes hayan sido sancionados por "propagar doctrinas que atentén. contra la fa milia, propugnen la violencia o una concepción de la sociedad, del Estado o del orden jurídico, de carácter totalitario o fundada en la lucha de clases". Este artículo, que además declara in - constitucional a los partidos políticos, tiene por objeto definir a las personas que, metafóri camente podríamos decir, pierden .su calidad de ciudadanos, una cierta casta de intocables:,. a las qué se les limita parte d,e sus derechos civi les y además se prohíbe mencionarlos en situacio nes de censura. En resumen, observamos en. la Constitución, una centralización del poder en el Ejecutivo, (por ejemplo, en los estados de excepción, qúé han constituido prácticamente la norma del régimen militar), y una abierta exclusión política en términos de emisión de cualquier persona o gru po de oposición al gobierno (Art. 8). En suma, por .un lado se establece la libertad de expre - sión (Art. 19, N. 12), y por otro, se fijan re-
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