Congreso nacional de arquitectura y urbanismo

oanstitucióu d&l SS y el Congreso ha establecido si6npre que al decir utilidad de2 Rstado se entidnde utilidad p&blica o gene - ral y q1..te olla existe tanto en lo que interetia al Estado como a . loe municipios y aún a las obras de utilidad p'Ública empren - didas por los particulares. Basadas en estas disposiciones existen en la actualidad, come ya s~ la d!.oho 11 numerosas leyes que establecen limitaciones al dareoho de propiedad y ~ropiae.ionesy grav«menes colectivos o por zona en favor de las obras y servicios de interés p6bli - oo (~errooarriles 1 t}andnos, lineas de energía, agua potable, de– sagües~ etc.), y p•.)r su importancia y e'fl;ensión debm menciona-r– se muy especialmente las qne tanto la Ls,y de Ubnici~lidades, como la I~ey 1~,-- 4-56~, a. e 30 de. libero d& 19!9• y la Ordenanta Ge– neral de C'onstruócionl'ls, oontienen en f'k'V»r d& 1&. transforma - oión :r e~~ohe do lao ptJbln.ciones. permiso" para edif'icar, li– neas, niveles, seguriaad e higiene de las construcciones, altu– ras de los ediftcios y t)isos, eto. Y cabe observar qt'!e en la legisl-=i6n m.oder,na., no sólo se impcmea, eor11o en el derooho antiguo • gravámenes • sino ta:mbi&l . obligaciones a los · propie~rios. como las de construir con altu ras determinadas, a distanoias un1rormes del cierro .teriar..– em:;tlear materiale$ o adop·t-.ar estilos semejantes on ciertos e– dif':.cios. y en 1'iu. que a~ienden en forma no pensad.& antes la e si era de acción de las servidumbres.• ' 4.- Bl aspeet~ e~rior o la cst6tica de los edif1oioa ante la legisla.eión. Jterece- un o~pi te especial lo relativo al aspecto_eJf.terior o a la estética de los edifieios.• L91ti obras. de transformaci&i y eni>ellecimiento de las eitl - dados plr:.n"'.:;e~n un problema nuevo en la legislao16n: el de los lmd·tes da la i..'tl:"'ce~-venci6n de la autoridad en la materia indi - cada. Esta cuestión ha suscitado serias discusiones y en nues • tro ¡a !s ho. sido ya planteada. en artieulos de preMa Y e11 con - fe rancias p·~t lie<'1.·s. Sin pretender tra tar s ino ligeramente este asunto - ,a que un estudio a. fondo no co.br! a dentro de los limites del present~ trabajo - c::-eemos neo&snrio hacer al reSpect-o algunas oomtide-rn.. cio~es gencráles que nos proponemos completar y concretar mda tarde al tratar de algunas diSposiciones de la Loy y Ordenanza Gene~l de Construccianes sobre alturas y as~ecto exterior de "los edificios, que híl.n sido on.lifi~das de- ineonstituciontU.es. •

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