Congreso nacional de arquitectura y urbanismo
- 148- sus salas un museo de a~te colonial.~ idea no DUdo realizar-se y Slnt-iago perdió con ello uno de les l'OCOS edificios particula-– r ·es verdaderamente represcntativoa de w .a mansión del siglo- XVI!Ir •. , Habiéndose demolido unos cuantos !oc~es que deslindaban con la iglesia de San.. ::o Domi:ngo# quedó a la vista el her-moso ábside de. esta iglesia ofreciendo la posibilidad de aislar el templo por tres de sus lD.<ios y al fr\';)nte de cuya nueva fa-chada se haria -una · _plazoleta con jardiJ.l que encuad1"tl: en el tota.l. Las gest1ones en este sentido se es-trellaron contra el afán utilitario y la MUnici– _palidad nada. -pudo hacer. El resultado lo tenemos a: la vista: unos de los edificios ~s antiestétioog de la capital# ocult~do, qui– ~á§ por ~uu~tas generaciones, a una de las iglesias más. bellas y mejor conservadas~ '!•-A;!-; ajo _h!i. costado mantene:r la plazuela de- Santa Ana, y d& - pende da una reaolució~ jurídica que alli se construya un edifi - cio de renta quitándole a la iglesia e3e espacio que tan bien com plementa su esti1o. - - Pe.z·a qué citar casos de menor importancia en que construccio– nes de valor traáicional se han destr-<Iído par" hacer :en slí&· sitio arquitectura barata. lfo creemos que todo lo antiguo deba cansar ... varse, pues eso sería ir cont!'St la. evolnnl6n de ¡a Arquitectura y contra las tendenr;ias urban1.sticas; pero si. deben conservarse aquellas construcciones que dentro de lo tradicional representan un valor, sobre todo cuando se tiende a reemplazarlas por obras s:in valor alguno ni. en cuanto a. utilidad ni en cuanto a belleza. Hen,os tratado de demostrar anteriormente que en Chile, espe– ciru.mente en Santiago, existe una tradición constructiva digna de ' respeto y una clara mani~estación de las etapas sucesivas de ln· Arquitectura, cosas ruabas que vale la pena estudiar y si fuereh po– sible, mantener, Eici ete una ley sobre conservación de munumentos dest~da. ~ evitar los mD.les seil'!ll~-dos.; pero cata ley se refiere, como lo indica su nombre~ Q: aquellos edificios que son declarados monu¡nentos y no alcanzo.. e: pro-'teijsr n ese tipo medio de construc - ei6n que sin ser de tal ca:tegorHl es algo representativo y digno de estudio. Es en este sentido donde la. I..!Unici~lidad tiene \U'lEl lo.bor de trascetldencla, pues., junto con eoopcra.r al cumplimiento de l~s die~osicioues se~a.laüas en la ley antes citada, debe preo– cupnr~e en f"c.rrac.r. u:n arehi-..ro de todo aquello que por: no entrnr.,. en lo monmuenta_l debe desnparecer. En gener::ü. la despreocupa.c1on en este se:ntidq,!ul sido ~ra.nde y no ~os paree~ 1 eXa.ge:rad~ el con - cepto emitido sobre este pu"lto en la e~osic1on de mot1vos de la ley sobre conservación d$ monumentos y que 'dice as:t: tt Las Muni.. cipalidades o corporaciones que, en general# oon las que tienen b.ajo su jurisdie-ei6n los monwnentos públicos, se despreocupan, el!
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