Más comunidad más prevención: manual para gestión local de seguridad
Manual: Más Comunidad Más Prevención 66 Capítulo II. Optimizando la gestión local de la seguridad ciudadana procede a reconocer los territorios y áreas en donde éstos se concentran, las vías de desplazamiento y quienes son los actores involucrados. Posteriormente, se pueden incorporar algunas recomenda- ciones sobre las iniciativas preventivas y de control que deberían ser coordinadas para abordar los problemas, territorios y grupos objetivos focalizados. 2. Instalación y funcionamiento del consejo local de seguridad ciudadana. El consejo local de seguridad ciudadana es la instancia de observación, validación, planificación, coordinación, control (seguimiento) y gestión de soluciones en materias de seguridad ciudadana. La entidad también es la responsable de optimizar el uso de los recursos económicos y humanos disponibles en el ámbito local, regional y nacional en temas de prevención, control policial, sanción penal, victimización, rehabilitación, entre otros que puedan ser relevantes en el territorio. Hace posible el trabajo intersectorial e interinstitucional en el territorio local, por medio de la coordinación y el trabajo colaborativo entre los distintos actores clave a nivel local, regional y nacional. A su vez, es la instancia que posibilita la gestión política y la toma de decisiones respecto de los aportes que cada parte debe hacer, desde sus prácticas y funciones, para el cumplimiento demetas y objetivos comunes expresados en el plan local de seguridad ciudadana. Su composición involucra a representantes e iniciativas orientadas tanto a la prevención como al control del crimen y la violencia, constituyéndose en un espacio de coproducción de seguridad ciudadana. Una de las funciones del consejo es la identificación sistemática de los problemas prioritarios de inseguridad pre- sentes a nivel local; los recursos disponibles a nivel local, regional y nacional para enfrentarlos; los programas, pro- yectos e iniciativas que se están implementando o diseñando; y cómo todo se integra en una estrategia (a largo plazo) y en un plan (a corto o mediano plazo) en seguridad ciudadana, que haga posible el trabajo colaborativo y coordinado entre las distintas instituciones públicas y privadas, la policía y los representantes de la comunidad. Una segunda función del consejo es validar o sancionar la propuesta de estrategia y el plan de seguridad ciuda- dana, diseñados por el coordinador y equipo técnico del área de seguridad ciudadana del municipio, en base a los resultados del diagnóstico para la focalización (ver proceso de validación en Capítulo II, A.3.c. Validación de la estrategia y plan local de seguridad ciudadana ) . A su vez, es la instancia a la cual, los distintos actores locales (institucionales, policiales y de la comunidad) de- ben rendir cuentas de sus avances y compromisos, para hacer posible un seguimiento del cumplimiento de las metas y objetivos transversales contemplados en el plan, y de las iniciativas que se están implementando o en proceso de elaboración. Al mismo tiempo, se contempla entre sus funciones, conocer cuáles son o han sido los obstáculos y problemas, ya sea de tipo financiero, planificación, equipamiento, infraestructura, falta de capaci- tación, carencia de recursos humanos, entre otros, que pueden estar causando el incumplimiento de metas y objetivos del plan, con el fin de buscar soluciones y co-responsabilizarse de los resultados y avances. En resumen, el consejo local en seguridad ciudadana tiene las siguientes funciones:
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