La industria editorial y el libro en Chile (1930-1984) : (ensayo de interpretación de una crisis)

S8 más bien a través' de controles políticos-burocráticos de c a ­ rácter preventivo; bandos y decretos leyes reglamentan la cen sura previa, la que se ejerce sobre los libros durante casi ~ una década, siendo abolida sólo en Junio de 1983(49). En lo que respecta a la distribución en los arios inmediatos al gol pe las librerías son con frecuencia controladas, debiendo aü- tocensurarse y clasificar su existencia en 3 categorías: v e n ­ dibles, reservados (en bodega) y destruibles. Todas- estas medidas, sumadas a. los controles en la importación, signifi­ can el paréntesis de una década en lo que había sido un rasgo permanente de la industria del libro en Chile: su pluralismo en la producción, circulación y consumo. La dinámica de negación y el estrechamiento del universo ideo lógico-cultural a que ésta da origen, son coherentes con el rol que asume el Estado en pro de una refundación capitalis­ ta de la sociedad. Se pasa así desde un espacio participati- vo y desde un Estado cuya legitimidad (y cuyas crisis) desean saban en una cultura reivindicativa, enmarcada en un activo pluralismo ideológico, a.-un Estado destinado a constreñir el ámbito público y a ejercer una función de control y supervi- gilancia en el campo cultural. En una lógica de guerra, y conforme a la Doctrina de Seguridad Nacional, el libro p i e r ­ de entonces sentido como vehículo de interlocución entre di s­ tintas concepciones de mundo, y se torna un "agente^no co n ­ fiable de cultura'1, y hasta un recurso capaz de "contaminar la salud m e n t a l " (50). Es por ello que en los dos primeros a- (49) Bando Militar 107(11/3/1977) establece que Jefe de Zona de Emergencia puede autorizar fundación,edición y circulación de nuevas publicaciones. Bando Militar 122(22/11/1978) establece que a Jefe de Zona Metropolitana le corresponde autorizar fundación, edición y circulación de nuevas publicaciones. Decreto 3259(27/7/1981) establece que fundación edición y circulación de nuevas publicaciones deberán ser autorizadas por Ministerio del Interior. Ley 18015(27/7/1981) complementa decreto anterior con sanciones pecunia­ rias. Constitución política de 1980(entra en vigencia en 1981), disposición 24 transi­ toria faculta al Presidente de la República para restringir entre 1981 y 1989 la liber tad de información, sólo en cuanto a la fundación, edición y circulación de nuevas pu­ blicaciones. Decreto 262(24/6/1983) modifica decreto 3259 y pone término a la autori­ zación previa del Ministerio del Interior para edición y circulación de libros en el país. (50) La página editorial de La ilación, Stgo.(31/5/1984) señala que ''el acto de regalar un libró, tan simple en apariencia, tan inofensivo,envuelve riesgos que no se pueden pa­ sar por alto. No siempre un libro, por el sólo hecho de serlo satisface el propósito ideal que generalmente le suponemos.Porque no siempre resulta ser un agente confiable de cultura o un recurso no contaminado de salud mental. A veces, más a menudo de lo que quisiéramos, encontramos libros que so pretexto de divulgar teorías novedosas des virtúan el recto juicio de las cosas o ensucian el cauce limpio y natural de la verdad

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