La industria editorial y el libro en Chile (1930-1984) : (ensayo de interpretación de una crisis)
S8 más bien a través' de controles políticos-burocráticos de c a rácter preventivo; bandos y decretos leyes reglamentan la cen sura previa, la que se ejerce sobre los libros durante casi ~ una década, siendo abolida sólo en Junio de 1983(49). En lo que respecta a la distribución en los arios inmediatos al gol pe las librerías son con frecuencia controladas, debiendo aü- tocensurarse y clasificar su existencia en 3 categorías: v e n dibles, reservados (en bodega) y destruibles. Todas- estas medidas, sumadas a. los controles en la importación, signifi can el paréntesis de una década en lo que había sido un rasgo permanente de la industria del libro en Chile: su pluralismo en la producción, circulación y consumo. La dinámica de negación y el estrechamiento del universo ideo lógico-cultural a que ésta da origen, son coherentes con el rol que asume el Estado en pro de una refundación capitalis ta de la sociedad. Se pasa así desde un espacio participati- vo y desde un Estado cuya legitimidad (y cuyas crisis) desean saban en una cultura reivindicativa, enmarcada en un activo pluralismo ideológico, a.-un Estado destinado a constreñir el ámbito público y a ejercer una función de control y supervi- gilancia en el campo cultural. En una lógica de guerra, y conforme a la Doctrina de Seguridad Nacional, el libro p i e r de entonces sentido como vehículo de interlocución entre di s tintas concepciones de mundo, y se torna un "agente^no co n fiable de cultura'1, y hasta un recurso capaz de "contaminar la salud m e n t a l " (50). Es por ello que en los dos primeros a- (49) Bando Militar 107(11/3/1977) establece que Jefe de Zona de Emergencia puede autorizar fundación,edición y circulación de nuevas publicaciones. Bando Militar 122(22/11/1978) establece que a Jefe de Zona Metropolitana le corresponde autorizar fundación, edición y circulación de nuevas publicaciones. Decreto 3259(27/7/1981) establece que fundación edición y circulación de nuevas publicaciones deberán ser autorizadas por Ministerio del Interior. Ley 18015(27/7/1981) complementa decreto anterior con sanciones pecunia rias. Constitución política de 1980(entra en vigencia en 1981), disposición 24 transi toria faculta al Presidente de la República para restringir entre 1981 y 1989 la liber tad de información, sólo en cuanto a la fundación, edición y circulación de nuevas pu blicaciones. Decreto 262(24/6/1983) modifica decreto 3259 y pone término a la autori zación previa del Ministerio del Interior para edición y circulación de libros en el país. (50) La página editorial de La ilación, Stgo.(31/5/1984) señala que ''el acto de regalar un libró, tan simple en apariencia, tan inofensivo,envuelve riesgos que no se pueden pa sar por alto. No siempre un libro, por el sólo hecho de serlo satisface el propósito ideal que generalmente le suponemos.Porque no siempre resulta ser un agente confiable de cultura o un recurso no contaminado de salud mental. A veces, más a menudo de lo que quisiéramos, encontramos libros que so pretexto de divulgar teorías novedosas des virtúan el recto juicio de las cosas o ensucian el cauce limpio y natural de la verdad
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