Perspectivas del derecho internacional contemporáneo: experiencias y visión de América Latina

DERECHO INTERNACIONAL PENAL EN EL SISTEMA INTERAMERICANO: PERSPECTIVAS DE EVOLUCION José Joaquín Caicedo Perdomo La Convención de Viena sobre el derecho de los tratados ofrece una definición de lo que seria la norma imperativa de Derecho In– ternacional general en su Artículo 53, y al referirse al conflicto con normas convencionales, limita la omnipotente voluntad de los Estados en materia de celebración de tratados. La originalidad del planteamiento a la luz del Derecho Internacional clásico hizo que la doctrina analizara el concepto de Jus Cogens para determinar su contenido y al mismo tiempo fijar los linderos de la libertad de acción de los Estados. La introducción del concepto de Derecho Na– tural en el ámbito del Derecho positivo mediante las normas impe– rativas de Derecho Internacional General constituye una de las ca– racterísticas principales del último decenio desde un punto de vis– ta jurídico y explica el empeño de la Comunidad Internacional de Estados en otorgar al individuo una mayor protección frente al Es– tado cuya caprichosa discrecionalidad quedó restringida mediante la expedición de nuevas normas internacionales. La definición de la agresión de 1974, los últimos desarrollos en materia de Derechos Humanos, así como la tipificación de crímenes y delitos internacio– nales que establece el Derecho Internacional Penal, reflejan la vo– luntad de otorgar al individuo mayor ingerencia en las relaciones internacionales como sujeto de Derecho Internacional, y de contro– lar mejor al Estado mediante un nuevo régimen de responsabilidad internacional. Desde ese punto de vista ofrece especial interés la situación del sistema interamericano, cuyos proyectos de convencio– nes sobre la tortura como crimen internacional y en materia de extradición, se enmarcan perfectamente dentro del contexto que acabamos de señalar y demuestran la importancia futura del Dere– cho Internacional Penal. Para poder analizar el tema, objeto de la presente disquisición, seria conveniente comparar, lo que podría llamarse, el concepto tradicional con las nuevas características del Derecho Internacio– nal penal. 125

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