Principios de Derecho Internacional

DE DZRECRO fflT!llNACJONAL. CAP1TULO Vil. DE LOS CÓNSULES. t. Oftclo y claslftcacion de los c6nault'.s; Idea general de su9 atribucio– nes; regnisilos para serlo. -t. Autoridad judici11ldelos cówndee. - a. l!unctones de los cónsules fl. 4..-or del comercio y de los indiYiduo, de su nacion. - 4. Inmunidades de loa cóoanles. t. Los cónsules (i) son agentes que se envian á las naciones amigas con el encargo de proteger los derechos é intereses co– merciales de su pab'ia, y favorecer á sus compatriotas comer– ciantes en las dificultades que les ocurran. El objeto principal de la mision del cónsul es velar sobre los intereses del comercio nacional, sugerir los medios de mejo– rarlo y extenderlo en los paises en que residen, observar si se cumplen y guardan los tratados, 6 de qué manera se in– fringen ó eluden, solicitar su ejecucion, proteger y defender A los comerciantes, capitanes y gente de mar de su nacion, dar– les los avisos y consejos necesarios, mantenerlos en el goce de sus inmunidades y privilegios, y en fin , ajustar -y terminar amigablemente sus diferencias, ó juzgarlas y decidirlas, si est.á compctentcmeute autorizado. Cuando el comercio llevó á puertos lejanos multitud de na– vegantes y traficantes de várias naciones, que regularmente viajaban con sus propias mercaderias, los de cada país solian elegir un árbitro, que dirimiese sus diferencias segun las leyes y usos patrios. Ya con la mira de alentar el comercio extran– )ero, ya por la influencia de aquel principio que prevaleció tanto en la época de la m.ígracion de los pueblos del norte, cuando se juntaban várias razas en un mismo suelo : a que cada uno debe guardar las leyes de la sociedad en cuyo seno ha nacido;• los soberanos de los puertos dispensaban de buena (ll Mucha parte de la doctrina de este C&P.\lulo ae ha tomado de Chlt– ty (Comm. Ltiw, To!. l. cbap. ªl• y de Kent \P. t. le()I. t). Lo que ee ha sacado de otros a.utoree se ano a eeparedameole.

RkJQdWJsaXNoZXIy Mzc3MTg=