Principios de Derecho Internacional

u CAPÍTULO III. D!L TllllITOaIO. t. ParLea del territorio. - t. Llmitea y aeceaiooee territorltlee. - l. Inviolabilidad del territorio. - 4. Serridumbrea. - a. TrineUo por 1guu 1jeou. L El territorio de una naoion es toda aquella parte de la su– perficie del globo, de que ella es dueflo, y á que se extiendo su soherania, El territorio comprende, en p rimer lugar, el suelo que la nacion habita, y de que dispone A su arbitrio para el uso de sus individuos y del Estado. En segundo lugar, comprende los rios, lagos y mures iu– teriores. Si un rio atraviesa diferentes nacione.c., cada una es dueno de Ju. pa1·te que ban11 sus tiert'as. Las ensenadas y pe– queflos golfos de los rios, lagos y mares que limitan su suelo, le pertenecen igualmente. Los estrechos de poca anchura, como el de los Dardanelos, y los grandes golfos que, como el Delaware de los Estados Unidos de América (4), comunican con el resto del mar por un canal angosto 1 pertenecen asimis– mo á la nacion que posee las tierras contiguas. El territorio comprende, en tercer lugar, los rios, lagos y mares contiguos hasta cierta distancia. Para la determinadon de esta distancia, por lo que toca á los rios, hé aquí las reglas que deben tenerse presentes : f • El pueblo que primero se ha est.ablecido á la orilla de un rio de pequeila ó mediana anchura, se entiende haber ocu– pado toda aquella parte del río, que limita su suelo, y su do– miuio alcanza hasta la orilla opuesta ; porque siendo tal el rio, que su uso no hubiera podido servir cómodamente á mas (t) Kent, Com~nt. P. t, lect. t.

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