Principios de Derecho Internacional

PARTE SEGUNDA. E 151 T .A JD O JD E G 1t.J B R. R. .A. CAPÍTULO l. OONS1D.!IIAC10l'f1S GJ/:NlllAL.!S .IUU..ATIVA.S Á LA GUBUA. t . De6oicion. - t. LegiU111idad de la f!Uerra. - •ll. Sus causaa. - , . For– malidade& previaa. - 5. lustrumentoa de la f!Uerra. .f. Guerra es la vindicacion de nuestros derechos por la fuer– za. Dos naciones se hallan en estado de guerra, cuando á con– secuencia del empleo de la fuerza se interrumpen sus rela– ciones de amistad. Se dice que la paz es el estado natural del hombre ; y que si se emprende la guerra, es para obtener una paz segura, su único fin y objeto legitimo. Es preciso confesar que ln casi no interrumpida serie de contiendas hostiles que pre– sentan los anales del género humano, da algun color a la guerra general y constante de tO<l0$ conti·a todos, que es lu lia:,u de la extravagant.e teol'in de Hobbes, y á la 01linion 1lu va– rios autores, que habiendo observado el eai·úcter de las tri– bus indias, sostienen que el hombre en el ostado salvaje tiene un instinto y apetito nativo de guerra. Pero t<impoco admite <luda que uno de los primeros resn.ltutlc,;; lle ht ávifü:acion es el amor á lu. paz y el justo aprecio ele su~ inestimables bienes (t ). (1) \"allel, L. 11, cu. I; Keul l'. 1, lecl. 11.

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